Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2019 (01/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 1 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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de Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa Suplementario de Mantenimiento de Locales Educativos 2019", y el sustento técnico correspondiente contenido en los Informes No 572 y 579-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED, los Informes Nº 1035 y 1057-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, a través de los cuales se sustenta la aprobación de la citada Norma Técnica en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 004-2019. El referido Informe Nº 572-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM fue suscrito en señal de conformidad de manera conjunta con la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y la Dirección General de Gestión Descentralizada, en el marco de sus competencias y funciones; Que, el objetivo de la Norma Técnica es establecer disposiciones específicas sobre las etapas y criterios para la asignación y utilización de los recursos económicos del Programa suplementario de mantenimiento de locales educativos a nivel nacional para el año 2019, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la intervención Rutas Solidarias, el mejoramiento de los servicios sanitarios y redes eléctricas, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 004-2019; Que, mediante el Memorándum Nº 815-2019-MINEDU/SPE-OPEP, de fecha 23 de octubre de 2019, la Jefa de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto remite el Informe Nº 1065-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, elaborado por la Unidad de Planificación y Presupuesto mediante el cual se señala que la propuesta de norma técnica cumple con lo establecido en la Directiva Nº 005-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME y se encuentra alineada con los objetivos Estratégicos a Nivel Sectorial e Institucional. Asimismo, señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para financiar la ejecución del Programa Suplementario de Mantenimiento de Locales Educativos 2019, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 004-2019; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 2910-2019-MINEDU/VMGI-DIGEIE, de fecha 22 de octubre del 2019, la Dirección General de Infraestructura Educativa remite el Informe Nº 699-2019-MINEDU/ VMGI-DIGEIE-DIPLAN mediante el cual la Dirección de Planificación de Inversiones señala que no tiene objeción sobre la aplicación de los criterios propuestos por PRONIED en la referida norma técnica; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación mediante Informe Nº 1362-2019-MINEDU/SG-OGAJ, luego del análisis correspondiente concluyó que la aprobación de la Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa Suplementario de Mantenimiento de Locales Educativos 2019" resulta legalmente viable; Con el visado del Viceministerio de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección Ejecutiva del PRONIED, de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED, de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Infraestructura Educativa, de la Dirección de Planificación de Inversiones, Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; en el Decreto de Urgencia Nº 004-2019 que establece medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público; en el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa; en la Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU que aprobó el Manual de Operaciones de PRONIED, modificado por

la Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU; en la Resolución Ministerial Nº 009-2019-MINEDU que aprobó la Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos"; y en el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa Suplementario de Mantenimiento de Locales Educativos 2019", la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1822699-1

Modifican denominación del "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño" por la de "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes con habilidades sobresalientes" y disponen actualización
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 537-2019-MINEDU Lima, 30 de octubre de 2019 VISTOS, el Expediente Nº 0185620-2019, los informes contenidos en el referido expediente y el Informe N° 01350-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos; Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, la Octava Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112012-ED, establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, autoriza la creación de nuevos modelos de servicios educativos que reúnan todas las condiciones de calidad requeridas para su adecuado funcionamiento, en el marco de las modalidades, formas y niveles del Sistema Educativo Nacional; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 274-2014-MINEDU, se crea el "Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño", modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 446-2014-MINEDU

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