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86 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2019 / El Peruano VISTO: El Expediente del Sistema de Gestión Documentaria Nº 1071591, que contiene el Proveído s/n de fecha 04 de setiembre de 2019, de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, el Informe Nº 154-2019-GRH-GRDE/SGPEF, de fecha 22 de agosto de 2019, de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Finanzas; el Informe Nº 020-2019-GRH-GRDE/SGPEF/MCHG de fecha 21 de agosto de 2019, del Plani fi cador III de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Finanzas y demás recaudos que se acompañan; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680 – Ley de la Reforma Constitucional, concordante con los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: “Los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (…)”. Que, mediante Decreto Legislativo Nº1224, su modi fi catoria Decreto Legislativo Nº 1251, Decreto Legislativo del Marco de la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, su modi fi catoria Decreto Supremo Nº 068-2017-EF, se establece los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el numeral 6.2 del artículo 6º del Decreto Legislativo Nº1224, establece que tratándose de Gobierno Regionales y Gobiernos Locales, las facultades del Organismo Promotor de Inversión Privada se ejerce en forma directa a través del Comité de Inversiones; asimismo el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, establece que en el caso de Gobierno Regional o Local, las funciones del Comité de Inversiones son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la norma vigente; Que, el numeral 8.1 del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº1224, establece que el Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en la presente norma, crea el Comité de Inversiones para desempeñarse como: a) Organismo Promotor de la Inversión privada para los procesos de promoción bajo su competencia conforme lo establecido en el artículo 6º. En este supuesto, el Viceministro, Concejo Regional y Concejo Municipal ejercen las funciones del Concejo Directivo de PROINVERSION; y, b) Órgano de coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia a éste último; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º del referido Decreto Legislativo Nº1224, precisa que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía, que debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, el numeral 6.6 del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, establece que el Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local deben apoyar y brindar las facilidades necesarias para el desarrollo de las funciones del Comité de Inversiones. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 691-2016-GRH/GR, de fecha 09 de agosto de 2016, se conformó el Comité de Inversiones encargado de plani fi car, organizar, y desarrollar los procesos de promoción de la inversión privada; Que, con Informe Nº 154-2019-GRH-GRDE/SGPEF, emitido por el Lic. Adm. Jorge D. Espinoza Ponce, Sub Gerente de Promoción Empresarial y Finanzas, y en atención al Informe Nº 020-2019-GRH-GRDE/SGPEE-MCHG, solicita nueva conformación del Comité de Inversiones; por lo que, en ese sentido y en atención a lo dispuesto por el Gerente Regional de Desarrollo Económico, mediante Proveído S/N de fecha 04 de setiembre de 2019, se procede con la emisión del presente acto resolutivo; Que, estando a lo expuesto; en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº1224, su modi fi catoria Decreto Legislativo Nº1251, Decreto Legislativo del Marco de la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, su modi fi catoria Decreto Supremo Nº 068-2017-EF, y Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus leyes modi fi catorias y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, modi fi cado mediante Ordenanza Regional Nº 047-2013-CR-GRH; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONFORMAR, el COMITÉ DE INVERSIONES, de carácter permanente, bajo las modalidades reguladas por el Decreto Legislativo Nº 1225 Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; el cual estará integrado por los siguientes miembros: 01 Gerente General Regional. Presidente 02 Sub Gerente de Promoción Empresarial y FinanzasSecretario Técnico 03 Gerente Regional de Desarrollo Económico. Miembro 04Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental.Miembro 05 Gerente Regional de Desarrollo Social. Miembro 06Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.Miembro 07 Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos. Miembro Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a los integrantes designados en el Artículo Primero, en su condición de miembros del Comité de Inversiones, el cual se instalará inmediatamente después de noti fi cados y su actuación se ceñirá estrictamente a las disposiciones establecidas por el Decreto Legislativo Nº1224, su modi fi catoria Decreto Legislativo Nº1251 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, su modi fi catoria Decreto Supremo Nº 068-2017-EF. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 691-2016-GRH/GR, de fecha 09 de agosto de 2016, con la cual se conformó el Comité de Inversiones. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la Secretaria General, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones, efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8.2 del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1224 Decreto Legislativo del Marco de la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y en el Portal Institucional de esta Entidad Pública. Artículo Quinto.- REMITIR, la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a las o fi cinas pertinentes, miembros designados y demás órganos estructurados del Gobierno Regional de Huánuco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN MANUEL ALVARADO CORNELIO Gobernador Regional 1823343-1