Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2019 (07/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
VISTO:

Jueves 7 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Segundo.- DESIGNAR a los siguientes doctores, en los diversos órganos jurisdiccionales: · DESIGNAR a la doctora GLADYS IRENE CORDOVA POMA, como Juez Supernumeraria del 23° Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, a partir del 07 de noviembre del presente año, por la promoción de la doctora Tupiño Salinas. · DESIGNAR a la doctora MARIA DEL CARMEN BLESS CABREJAS, como Juez Supernumeraria del 34° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del 07 de noviembre del presente año, por la licencia del doctor Farfán Calderón. · DESIGNAR a la doctora NORMA ELIZABETH ALAMO VELIZ, como Juez Supernumeraria del 2° Juzgado Especializado de Trabajo de Lima, a partir del día 07 de noviembre del presente año por la licencia y promoción del doctor Canales Vidal. · REASIGNAR a la doctora ISABEL AURORA FLORES ALBERTO, como Juez Supernumeraria del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria ­ Proceso Inmediato de Flagrancia, a partir del día 07 de noviembre del presente año. · REASIGNAR al doctor MARIO RELUZ GONZALES, como Juez Supernumerario del 15° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del día 07 de noviembre del presente año, en reemplazo de la doctora Morales Deza. · DESIGNAR al doctor ARTHUR LUIS FERNANDO BARTRA ZAVALA, como Juez Supernumerario del 16° Juzgado Transitorio Laboral de Lima, a partir del día 08 de noviembre del presente año por las vacaciones de la doctora Taboada Rossaza. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor JULIO HEYNER CANALES VIDAL, Juez Titular del 2° Juzgado Especializado de Trabajo de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Octava Sala Laboral de Lima, a partir del día 11 de noviembre del presente año, por las vacaciones de la doctora Váscones Ruíz, quedando conformado el Colegiado como sigue: Octava Sala Laboral Dr. Gino Ernesto Yangali Iparraguirre Dra. Nora Eusebia Almeida Cárdenas Dr. Julio Heyner Canales Vidal Presidente (P) (P)

El documento Nº 090-2019/CEDEE, de fecha 17 de octubre de 2019, del Centro Estratégico de Desarrollo Empresarial y Emprendimiento - CEDEE; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos (en adelante, la Ley) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 2402018-EF (en adelante, el Reglamento) se establecen los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el artículo 7º de la Ley, establece que las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1362, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada, el cual asume roles de ser: (i) Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establecido en el artículo 8º del citado dispositivo legal. En este supuesto, el Viceministro, Consejo Regional y Concejo Municipal o su equivalente, ejercen las funciones del Consejo Directivo de ProInversión; y, ii) Órgano de coordinación con ProInversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simplificación de la inversión privada, conforme lo establecido en el artículo 9º del citado dispositivo legal; Que, asimismo, el numeral 7.3 del citado artículo 7º de la Ley, precisa que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía u otra entidad pública habilitada por la Ley, que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, el numeral 65.2 del artículo 65º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria establece que le corresponde al Rector dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y financiera; Que, en ese sentido, corresponde al Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina crear el Comité Promoción de la Inversión Privada y designar a sus miembros, en concordancia con lo previsto por la normativa vigente; Que, estando a lo expuesto, con la conformidad y visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica y Oficina de Secretaria General; y en uso de la facultad conferida por la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF y la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 314º, literal b) del Reglamento General de la UNALM y, estando a las atribuciones conferidas al señor rector, como titular del pliego; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir el Comité de Promoción de la Inversión Privada encargado de diseñar, conducir y concluir los procesos de promoción de la inversión privada mediante las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, el cual estará conformado de la manera siguiente:

Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1824298-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Constituyen el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Universidad Nacional Agraria La Molina encargado de los procesos de promoción de la inversión privada mediante las modalidades contenidas en el Decreto Legislativo que regula la Promoción de Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 0741-2019-R-UNALM La Molina, 21 de octubre de 2019

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