Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2019 (07/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 26.07.2019, don JUAN ENRIQUE USURIN CHUQUI solicita duplicado de diploma de Título de Ingeniero Civil, el cual fue expedido por esta Universidad el 15.04.1998, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, copia del diploma de Título de Ingeniero Civil, Constancia de haber obtenido el diploma de Título de Ingeniero Civil, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio Nº 0976-2019-OGTSG-UNFV de fecha 08.08.2019, señala que se expidió con fecha 15.04.1998 el Diploma de Título de Ingeniero Civil a favor del recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 47, Folio Nº 03 y Registro Nº 33624, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por don JUAN ENRIQUE USURIN CHUQUI cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Título de Ingeniero Civil, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 405-2019-OCAJUNFV, de fecha 16.08.2019, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 723-2019-VRACUNFV, de fecha 05.09.2019 y estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 4776-2019-R-UNFV, de fecha 06.09.2019; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 104, de fecha 03.10.2019, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Ingeniero Civil, otorgado por la Facultad de Ingeniería Civil de esta Casa de Estudios Superiores, a favor don JUAN ENRIQUE USURIN CHUQUI; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2017-CU-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Ingeniero Civil, otorgado por la Facultad de Ingeniería Civil de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de don JUAN ENRIQUE USURIN CHUQUI (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 47, Folio Nº 03, Registro Nº 33624 y fecha de expedición 15.04.1998, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución al interesado. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 15032011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Ingeniería Civil, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General,

dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1823530-2 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 6449-2019-CU-UNFV San miguel, 23 de octubre de 2019 Visto, el expediente con NT. 69329, de fecha de recepción 25.07.2019, seguido por don CARLOS JOAQUIN ILLATINGO YUPANQUI, egresado de la Facultad de Educación, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Licenciado en Educación Física, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 25.07.2019, don CARLOS JOAQUIN ILLATINGO YUPANQUI solicita duplicado de diploma de Título de Licenciado en Educación Física, el cual fue expedido por esta Universidad el 28.02.2008, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, copia del diploma de Título de Licenciado en Educación Física, Constancia de haber obtenido el referido diploma, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio Nº 0975-2019-OGTSG-UNFV de fecha 07.08.2019, señala que se expidió con fecha 28.02.2008 el Diploma de Título de Licenciado en Educación Física a favor del recurrente, el cual

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