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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (08/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 8 de noviembre de 2019 El Peruano / productores de AEE ante el MINAM, a través de un sistema individual o colectivo, el cual contiene las actividades a desarrollar en cada una de sus etapas. Dicho Plan puede ser actualizado de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del presente reglamento. En ambos casos se procederá con la respectiva evaluación y aprobación por parte del MINAM. Artículo 16. Contenido del Plan de Manejo de RAEE 16.1 El Plan de Manejo de RAEE (PMRAEE) contiene:a. Nombre del productor individual o del sistema colectivo. b. En el caso de un sistema colectivo, la lista de productores integrantes, distribuidores y comerciantes que colaboran con la recuperación de RAEE y las municipalidades que intervienen como aliados estratégicos en la sensibilización y recuperación de RAEE, considerando lo señalado en los artículos 8 y 23 del presente reglamento. c. Nombre del representante del sistema y responsable del plan y datos de contacto de ambos. d. La cantidad de AEE que importan, fabrican o ensamblan en unidades y en peso (t), por tipo y categoría, según lo señalado en el Anexo II. e. La línea base y metas anuales de manejo de RAEE (en unidades de peso), listando las subpartidas arancelarias nacionales, cantidades importadas, el método de cálculo utilizado y hoja electrónica con los cálculos realizados. f. Descripción detallada del sistema con el que maneja los RAEE, considerando cada una de las etapas de gestión y manejo de RAEE. g. Un fl ujograma describiendo cada etapa del sistema de manejo de residuos. h. Estrategia de recolección selectiva de RAEE y localización de puntos de acopio (se debe anexar un plano de distribución), identi fi cando los pasos a seguir, los actores participantes y las responsabilidades que asumen los miembros del colectivo en cada etapa. i. Destino de los RAEE (planta de valorización de RAEE y/o lugares de disposición fi nal). j. Datos de los operadores de RAEE que gestionan los residuos, tales como Razón Social, Representante Legal, Número de Registro, Operaciones Autorizadas, Dirección Fiscal, Dirección de la Planta de Valorización/Relleno Sanitario/Relleno de Seguridad, entre otros. k. Descripción detallada de la estrategia de difusión y sensibilización a sus clientes para promover o incentivar la recuperación de RAEE. l. Descripción detallada de las alianzas y mecanismos establecidos con comercializadores o distribuidores de AEE, municipalidades o generadores RAEE para su recuperación. m. Presupuesto y forma de fi nanciamiento para la implementación del sistema del manejo de RAEE. 16.2 Para un sistema colectivo, debe precisarse la responsabilidad individual que asume cada integrante en la implementación del plan, tales como: a. Cumplimiento de la meta colectiva, indicando las metas individualizadas por las cuales se hacen responsables para contribuir a la común. b. Cómo se asumirán las responsabilidades que deje de cumplir un integrante que se retira del sistema colectivo. c. Cómo se asumirá la subsanación de observaciones del ente fi scalizador generadas en procesos de supervisión y fi scalización. d. Cómo se asumirá la responsabilidad compartida si el ente fi scalizador identi fi ca infracciones por incumplimiento de compromisos establecidos en el plan y determina sanciones. 16.3 Se debe tener en cuenta que la responsabilidad sobre la implementación del plan y el cumplimiento de las metas recae sobre los productores integrantes del mismo, excluyéndose a los aliados estratégicos que se constituyen como entidades con responsabilidad compartida dentro de los sistemas.Artículo 17. Línea base 17.1 La línea base es el promedio anual de AEE fabricado o importado en el país (en unidades de peso) en los últimos tres (3) años, considerando un factor de corrección de 10% menos por empaque. 17.2 El productor establece una línea base sobre la gestión y manejo de los RAEE en su respectivo Plan de Manejo, considerando: a. Si ya viene operando en el mercado, el promedio anual de AEE fabricados o importados en los tres (3) últimos años b. Si es nuevo en el mercado, la proyección del volumen de importaciones y ventas que realizará en los próximos dos (2) años. 17.3 En caso el productor de AEE no tenga más de tres (3) años operando en el país, la línea base es el promedio de los meses o años de operación. Artículo 18. Metas y plazos 18.1 El MINAM establece metas anuales de recolección por períodos de cinco (5) años para las categorías que tienen mayor incidencia en la generación de RAEE. 18.2 Las metas mínimas anuales para las categorías 3 (equipo de informática y telecomunicaciones) y 4 (aparatos electrónicos de consumo), para el período 2020-2024, se determinan multiplicando la cantidad de AEE, calculado en la línea base (en unidades de peso), por el porcentaje establecido por el MINAM conforme al siguiente detalle: Año Porcentaje 2020 16% 2021 19% 2022 22% 2023 25% 2024 28% 18.3 Las metas mínimas anuales para las categorías 1 (grandes electrodomésticos) y 2 (pequeños electrodomésticos), para el período 2020-2024, se determinan multiplicando la cantidad de AEE, calculado en la línea base (en unidades de peso), por el porcentaje establecido por el MINAM, conforme al siguiente detalle: Año Porcentaje 2020 4% 2021 7% 2022 10% 2023 13% 2024 16% 18.4 Para el período 2020-2024, los sistemas de manejo deben proponer metas para las categorías 1, 2, 3 y 4, considerando lo señalado en los numerales 18.2 y 18.3 del presente artículo. Para las demás categorías, las metas son voluntarias. Artículo 19. Actualización del Plan de Manejo de RAEE 19.1 Se puede solicitar al MINAM, la actualización del Plan de Manejo de RAEE una vez al año, hasta el último día hábil de septiembre. 19.2 La actualización se realiza en cualquiera de los siguientes casos: a. Modi fi cación de las metas establecidas. b. Modi fi cación en las estrategias y/o compromisos asumidos en las etapas de manejo de RAEE. c. Cambio en la composición del sistema colectivo. 19.3 A la presentación de la solicitud de actualización, el sistema de manejo debe encontrarse al día en la presentación de su Declaración Anual.