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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (08/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 8 de noviembre de 2019 / El Peruano Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 020-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Condiciones Básicas de Calidad para el Procedimiento de Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica”; Que, posteriormente a través del artículo 4 del Decreto Supremo N° 011-2019-MINEDU, se modi fi can diversas disposiciones del Reglamento de la Ley, entre ellas, las vinculadas al procedimiento de licenciamiento del Instituto de Educación Superior y de la Escuela de Educación Superior Tecnológica, de sus programas de estudios y de sus fi liales, y al procedimiento de licenciamiento como Instituto de Educación Superior de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos autorizados antes de la vigencia de la Ley; Que, teniendo en cuenta el marco normativo expuesto, mediante el O fi cio N° 01018-2019-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 037-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST, elaborado por la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar una nueva norma técnica denominada “Condiciones Básicas de Calidad para el Procedimiento de Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica”, la misma que establece, entre otros aspectos, los componentes, los medios de verifi cación y las consideraciones que permitan veri fi car el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad en los procedimientos de licenciamiento de los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica, de sus programas de estudios y de sus fi liales; siendo necesario para ello, derogar la Norma Técnica denominada “Condiciones Básicas de Calidad para el Procedimiento de Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica”, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 020-2019-MINEDU; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley N° 26510, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la Norma Técnica denominada “Condiciones Básicas de Calidad para el Procedimiento de Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 020-2019-MINEDU. Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Condiciones Básicas de Calidad para el Procedimiento de Licenciamiento de los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica”, la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución.Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1824683-1 Modifican los “Lineamientos Académicos Generales para los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 277-2019-MINEDU Lima, 7 noviembre de 2019VISTOS, el Expediente N° 0200497-2019, los informes contenidos en el referido expediente y el Informe N° 1398-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el literal a) del artículo 13 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, entre los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación se encuentran los lineamientos generales del proceso educativo en concordancia con los principios y fi nes de la educación peruana; Que, el artículo 79 de la precitada Ley establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fi scalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como el desarrollo de la carrera pública docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, el Ministerio de Educación establece los lineamientos académicos generales para todos los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior; Que, conforme al numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, los lineamientos académicos generales que establece el Ministerio de Educación orientan y regulan la gestión pedagógica en el Instituto de Educación Superior y la Escuela de Educación Superior, buscando garantizar una formación que responda a las políticas educativas nacionales y regionales, así como a las necesidades, tendencias y desafíos, actuales y futuros, del sector educativo, productivo y del desarrollo local, regional y nacional, en todas las modalidades y enfoques, con pertinencia cultural, según corresponda; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Viceministerial Nº 178-2018-MINEDU, se aprobaron los “Lineamientos Académicos Generales para los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica”; Que, a través del artículo 4 del Decreto Supremo N° 011-2019-MINEDU, se modi fi caron diversos artículos y disposiciones complementarias del Reglamento de la Ley N° 30512;