Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 8 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolución Jefatural N° 102, de fecha 21 de marzo de 1989, el Instituto Nacional de Cultura reconoció a los Museos Navales del Perú con Sede Callao y Sede Lima - Casa Grau, dentro de la entidad "MUSEO NAVAL", clasificándola como entidades culturales integrantes del Sistema Nacional de Museos; los cuales se encuentran a cargo de la Dirección de Intereses Marítimos; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la Entidad, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 11212015-DE/MGP, de fecha 24 de noviembre del 2015, se aprobó el tarifario de los Servicios no prestados en exclusividad de la Dirección de Intereses Marítimos de la Marina de Guerra del Perú, que ofrece a través de los Órganos que conforman su estructura orgánica; el cual contiene los valores del boletaje de ingresos y Servicio Náutico Cultural al Museo Naval del Perú ­ Sede Callao y boletaje de ingresos al Museo Naval ­ Sede Lima ­ Casa Grau; Que, por medio del Oficio N° 4578/73, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, presentó la propuesta de Tarifario de Servicios no prestados en exclusividad de la Dirección de Intereses Marítimos, adjuntando el Informe Técnico Nº 001, en el que la referida Dirección expone y sustenta la propuesta, la misma que se encuentra conformada por dos (2) servicios no exclusivos relacionados al acceso de visitantes a los Museos Navales del Perú con Sede Callao y Sede Lima - Casa Grau; Que, a través del documento de Vistos, la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, ha emitido opinión técnica favorable sobre el proyecto de Tarifario de Servicios no prestados en exclusividad de la Dirección de Intereses Marítimos; Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, ha emitido opinión legal favorable por cuanto la propuesta cuenta con el sustento técnico y legal correspondiente; Que, en este sentido, resulta necesario dejar sin efecto el Tarifario de Servicios no prestados en exclusividad de la Dirección de Intereses Marítimos de la Marina de Guerra del Perú, aprobado por Resolución Ministerial N° 11212015-DE/MGP; y aprobar el nuevo Tarifario de acuerdo a la propuesta remitida por la Secretaría de la Comandancia General de la referida Institución Armada; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019JUS; el Decreto Legislativo Nº 1138, Ley de la Marina de Guerra del Perú; y el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto el Tarifario de Servicios no prestados en exclusividad de la Dirección de Intereses Marítimos de la Marina de Guerra del Perú, aprobado por Resolución Ministerial N° 1121-2015-DE/MGP. Artículo 2.- Aprobar el Tarifario de Servicios no prestados en exclusividad de la Dirección de Intereses Marítimos de la Marina de Guerra del Perú, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Diario Oficial El

Peruano; así como la difusión del Tarifario de Servicios no prestados en exclusividad de la Dirección de Intereses Marítimos de la Marina de Guerra del Perú, en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www. gob.pe/mindef), en el Portal Institucional de la Marina de Guerra del Perú (www.marina.mil.pe), y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PCSE (www. serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa ANEXO A LA R.M. N° 1750-2019 SERVICIOS NO PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD (Tarifa por boletaje de ingresos al Museo Naval del Perú-Sede Callao, boletaje de ingresos al Museo Naval Casa Grau - Sede Lima, a cargo de la Dirección de Intereses Marítimos de la Marina de Guerra del Perú).
CÓDIGO DENOMINACIÓN DEL SERVICIO MUSEO NAVAL DEL PERÚ ­ SEDE CALLAO REQUISITOS TARIFA

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ACTIVIDAD VISITA AL MUSEO NAVAL 1.1 A.- Duración del Circuito: PÚBLICO EN Visita guiada de cuarenta y GENERAL: cinco (45) minutos, por las · Boleto de Ingreso. once (11) salas temáticas · Documento Nacional del Museo Naval. de Identidad. B.- Horario de Atención: INSTITUCIONES · Lunes Mantenimiento PÚBLICAS Y · Martes a viernes: PRIVADAS: de 09:00-16:00 horas · Boleto de Ingreso. · Sábado: · Documento Nacional de 09:00-16:00 horas de Identidad. · Domingo: · Solicitar mediante de 09:00-16:00 horas una Carta dirigida al Director del Museo la autorización de visita, con una semana de anticipación, especificando la fecha, hora y cantidad de visitantes; asimismo, adjuntará la relación nominal consignando los nombres, apellidos y número de DNI (alumnos y otros). · Dirección Av. Jorge Chávez N° 123 ­ Callao y teléfono 2099300 ­ anexo 6794. EXONERACIONES DE PAGO: · Personal naval y familiares, identificados con TIF. · Colegios de bajos recursos, autorizados por el Director de Intereses Marítimos (previa solicitud escrita). · Docentes y auxiliares de Instituciones Educativas que acompañan al grupo de alumnos. · Guías de turismo acreditados con carnet del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú. · Adulto Mayor. · Discapacitado. 1. Adultos y Extranjeros: S/ 5.00 2. Niños y Estudiantes: S/ 3.00 SE COBRARÁ 50% MENOS DE LA TARIFA DE ADULTO O NIÑO SEGÚN CORRESPONDA A LOS: 3. Otros Miembros de FF.AA. y PNP. 4. Otros Familiares de la FF.AA. y PNP.

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