Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 27
El Peruano / Viernes 8 de noviembre de 2019
NORMAS LEGALES
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Que, con Oficio N° 1033-2019-MINEDU/VMGPDIGESUTPA, la Dirección General de Educación TécnicoProductiva y Superior Tecnológica y Artística remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 137-2019-MINEDU/VMGPDIGESUTPA-DISERTPA, a través del cual se sustenta, entre otros aspectos, la necesidad de modificar los "Lineamientos Académicos Generales para los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica"; con el objeto de adecuarlos a las disposiciones establecidas mediante la modificación del Reglamento de la Ley N° 30512, efectuada a través del Decreto Supremo N° 011-2019-MINEDU; Que, adicionalmente, el citado informe sustenta la necesidad de disponer la publicación de los "Lineamientos Académicos Generales para los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica" incluyendo las modificaciones señaladas en el párrafo precedente, lo cual permitirá una mejor lectura e interpretación de los mismos; Con el visado de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; el Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los numerales 2, 7, 10, 14, 15, 17, 19, 20 y 21, así como, los anexos 7A, 7B, 8A, 8B, 9A, 9B, 9C y 9D, e incorporar los anexos 7C, 8C, 9B.1 y 10, en los "Lineamientos Académicos Generales para los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica", aprobados mediante el artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 178-2018-MINEDU, los cuales quedarán redactados conforme al anexo N° 1 que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de los "Lineamientos Académicos Generales para los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica", que incluyen las modificaciones e incorporaciones contenidas en el anexo al que hace referencia el artículo precedente, conforme al anexo Nº 2 que forma parte de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1824687-1
JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; el Informe Nº 370-2019JUS/OGPM y el Oficio N° 2585-2019-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 1128-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de Vistos, el Procurador Público Especializado Supranacional informa que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el marco de su 174º Período de Sesiones, ha convocado al Estado peruano a dos audiencias públicas, una sobre violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes en Perú, y la otra sobre la reforma judicial en Perú; ambas a desarrollarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el día 11 de noviembre de 2019; Que, asimismo, el citado Procurador Público da cuenta de las comunicaciones de fecha 10 y 11 de octubre de 2019, en virtud de las cuales la Secretaria Ejecutiva Adjunta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, informa sobre la convocatoria a una reunión de trabajo para tratar cuestiones vinculadas al Caso 12.191: María Mamérita Mestanza Chávez y a la Medida Cautelar MC-452-11: Líderes y lideresas de Comunidades Campesinas y Rondas Campesinas de Cajamarca, respectivamente; ambas programadas para el día 11 de noviembre de 2019, en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, de acuerdo a lo indicado por el mencionado Procurador Público, se requiere su participación para que actúe en representación del Estado peruano en las referidas diligencias; precisando que, antes de cada audiencia pública o reunión de trabajo, los integrantes de la delegación del Estado peruano realizan reuniones de coordinación y preparación de su participación en busca de un discurso cohesionado con argumentos sólidos que sustenten la posición del Estado; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las audiencias públicas y reuniones de trabajo antes mencionadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los señores Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional, y Cesar Alexander Pajuelo Alburqueque, abogado de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, a efectos que participen en dichas diligencias en representación del Estado peruano; asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el presente viaje del 09 al 12 de noviembre de 2019; Que, los gastos que generen dichos viajes serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional, y César Alexander Pajuelo Alburqueque, abogado de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, del 09 al 12 de noviembre de 2019, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje de servidores del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0414-2019-JUS Lima, 7 de noviembre de 2019 VISTOS, los Oficios N° 1988-2019-CDJE-PPES, N° 1989-2019-CDJE-PPES, Nº 2046-2019-CDJE-PPES y Nº 2047-2019-CDJE-PPES, del Procurador Público Especializado Supranacional; el Oficio N° 5396-2019-


