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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (10/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Domingo 10 de noviembre de 2019 / El Peruano 2. Los elementos exteriores que identi fi quen templos, conventos y establecimientos similares de organizaciones religiosas de todas las denominaciones y credos, así como los centros de educación pública, las entidades de los Gobiernos Nacional, Regional o Locales y de las representaciones o fi ciales extranjeras. 3. La propaganda política que esté comprendida dentro de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y la Ordenanza Nº 451/MM, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 25 de diciembre de 2015, mediante la cual se regula la Propaganda Electoral en el distrito de Mira fl ores. 4. Los anuncios informativos colocados en el interior de los establecimientos comerciales que se limiten a indicar los horarios de atención al público, precios, motivos de cierre temporal, traslado, etc. 5. Los anuncios referidos a medios de pago colocados en lugares visibles al ingreso de los locales en cantidad de uno por cada medio de pago. Sin embargo, no podrán ser colocados en las ventanas de los locales, a menos que estén ubicados de forma contigua e inmediata a la puerta de acceso principal del local. 6. Los anuncios que obedecen el mandato de dispositivos legales y hacen referencia alguna al establecimiento. 7. Las formas de comunicación que no constituyen anuncios publicitarios y que tienen por fi nalidad el promover conductas de relevancia social tales como el ahorro de energía eléctrica, preservación del medio ambiente, y la valoración de símbolos patrios entre otros. 8. Aviso de alquiler o venta de casas, departamentos o locales comerciales, el que estará conformado por un anuncio adosado a la fachada del inmueble que se ofrece. En los casos que no requieran autorización, los interesados están obligados a respetar los parámetros señalados en la presente Ordenanza para la ubicación y características de los elementos de publicidad exterior debiendo comunicar, previamente, mediante documento simple, cinco (05) días antes de la colocación del elemento, dirigido a la Subgerencia de Comercialización o a la que haga sus veces para la acción de control correspondiente. Dicho documento deberá señalar la ubicación y características del elemento a ser instalado. TÍTULO III REQUISITOS PARA SOLICITAR AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR CAPÍTULO L REQUISITOS Artículo 42º.- Sujeción a la autorización. Todos los actos de instalación de elementos de publicidad exterior están sujetos a autorización municipal previa. Artículo 43º.- Autorización de elementos de publicidad exterior. La Municipalidad de Mira fl ores otorgará autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior a través de la Subgerencia de Comercialización o de la que haga sus veces, a las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que lo soliciten de conformidad con lo dispuesto en la presente Ordenanza. Dichas autorizaciones son personales e intransferibles. Artículo 44º.- Requisitos generales para solicitar autorización municipal para la ubicación de elementos de publicidad exterior - Aviso sin Iluminación. 1. Solicitud de publicidad exterior, con carácter de declaración jurada que indique número de DNI o CE, así como número y fecha del comprobante de pago por derecho de trámite. 2. Declaración Jurada del representante legal en caso de personas jurídicas o entes colectivos, en la que se señale que su poder se encuentra vigente, indicando el número de la partida registral y asiento en los que se encuentran inscritos sus poderes. Tratándose de representación de personas naturales, se requiere de copia simple de carta poder mediante la cual se le otorgue la autorización, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. 3. Diseño (dibujo) del anuncio con sus dimensiones, así como la indicación de los materiales de fabricación. 4. Una fotografía en la cual se aprecie el entorno urbano y la edi fi cación donde se ubicará el anuncio y/o toldo; considerando su posicionamiento virtual a partir de un montaje (dibujo). Precísese, que las personas naturales o jurídicas que no tengan el carácter de empresa publicitaria, únicamente podrán solicitar la ubicación de elementos de publicidad exterior en los inmuebles que utilicen para el ejercicio de su giro y tan solo para hacer publicidad de sus propias actividades. Artículo 45º.- Requisitos generales para solicitar autorización municipal para la ubicación de elementos de publicidad exterior - Aviso luminoso e iluminado. 1. Solicitud de publicidad exterior, con carácter de declaración jurada que indique número de DNI o CE, así como número y fecha del comprobante de pago por derecho de trámite. 2. Declaración Jurada del representante legal en caso de personas jurídicas o entes colectivos, en la que se señale que su poder se encuentra vigente, indicando el número de la partida registral y asiento en los que se encuentran inscritos sus poderes. Tratándose de representación de personas naturales, se requiere de copia simple de la carta poder mediante la cual se le otorgue la autorización, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. 3. Diseño (dibujo) del anuncio con sus dimensiones, así como la indicación de los materiales de fabricación. 4. Una fotografía en la cual se aprecie el entorno urbano y la edi fi cación donde se ubicará el anuncio y/o toldo; considerando su posicionamiento virtual a partir de un montaje (dibujo). 5. Declaración Jurada del profesional que será responsable del diseño e instalación del anuncio. 6. En caso anuncio supere el área de 12 m 2, se presentará la siguiente documentación, refrendada por el profesional responsable: - Copia simple de la Memoria descriptiva y Especi fi caciones Técnicas, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. - Plano de instalaciones eléctricas, a escala conveniente Artículo 46º.- Requisitos generales para solicitar autorización municipal para la ubicación de elementos de publicidad exterior - En edi fi cación en proceso de construcción. 1. Solicitud de publicidad exterior, con carácter de declaración jurada que indique número de DNI o CE, así como número y fecha del comprobante de pago por derecho de trámite. 2. Declaración Jurada del representante legal en caso de personas jurídicas o entes colectivos, en la que se señale que su poder se encuentra vigente, indicando el número de la partida registral y asiento en los que se encuentran inscritos sus poderes. Tratándose de representación de personas naturales, se requiere de copia simple de carta poder mediante la cual se le otorgue la autorización, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. 3. Autorización escrita del propietario del inmueble.4. Diseño (dibujo) del anuncio con sus dimensiones, así como la indicación de los materiales de fabricación. 5. Una fotografía en la cual se aprecie el entorno urbano y la edi fi cación donde se ubicará el anuncio y/o toldo; considerando su posicionamiento virtual a partir de un montaje (dibujo)