Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2019 (12/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Nº 226-2012-TR y modificatorias, establece que dicho objetivo se cumple con el financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica intensivos en mano de obra no calificada (MONC) presentados, entre otros, por los gobiernos regionales y locales; así como con el financiamiento de actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia; Que, el literal b) del artículo 7 del acotado Manual establece como una de las modalidades de acceso al Programa para la ejecución de proyectos, la modalidad "No Concursables" en virtud de la cual el Programa contempla la selección de proyectos a través de un Comité Especial, de acuerdo a los Lineamientos que para este fin apruebe el Programa, en los cuales, entre otros, establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes. Esta modalidad contempla la ejecución de proyectos, en casos excepcionales, de infraestructura básica, social y económica, para la generación de empleo en situaciones de desastres naturales, emergencias, entre otras; Que, el artículo 29 del referido Manual dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, el numeral iii) del literal a) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa, a favor de gobiernos regionales y locales, estableciendo el inciso 16.2 del citado artículo que dichas transferencias deben ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Decreto Supremo N° 303-2019-EF, se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 439 681 682,00 (Cuatrocientos Treinta y Nueve Millones Seiscientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Ochenta y Dos y 00/100 Soles), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, entre ellos el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el numeral 1.2 del artículo 1 del precitado Decreto Supremo señala que los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo 01 "Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional", correspondiendo al pliego 012, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el importe de S/ 27 992 689,00 (Veintisiete Millones Novecientos Noventa y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Soles), para financiar la ejecución de proyectos de inversión, a través de la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 229-2019-TR se aprueba la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo N° 303-2019-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas por un monto de S/ 27 992 689,00 (Veintisiete Millones Novecientos Noventa y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, a través de la Resolución Directoral N° 1072019-TP/DE se aprueba en su Anexo 1, el "Cronograma de Actividades para Proyectos No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-03, en el marco del Decreto Supremo N° 303-2019-EF", y en su Anexo 2, la "Relación de los proyectos financiados en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC03, en el marco del Decreto Supremo N° 303-2019-EF", que consigna el financiamiento correspondiente al Aporte Total del Programa a favor de organismos públicos, cuyo importe total asciende a S/ 27 992 689,00 (Veintisiete Millones Novecientos Noventa y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Soles), anexos que forman parte integrante de dicha resolución directoral;

Que, a través del Informe N° 289-2019-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP, la Unidad Gerencial de Proyectos solicita a la Dirección Ejecutiva del Programa el inicio del trámite de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera del Aporte Total del Programa que asciende a S/ 27 992 689,00 (Veintisiete Millones Novecientos Noventa y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Soles) a favor de treinta y cuatro (34) organismos ejecutores públicos que han suscrito convenios de proyectos de inversión en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-03, en el marco del Decreto Supremo N° 303-2019-EF; Que, con Informe N° 1254-2019-TP/DE/UGPPMECFPP, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación informa a la Unidad Gerencial de Proyectos sobre la aprobación de la Certificación del Crédito Presupuestario N° 1076-2019, por el importe de S/ 27 992 689,00 (Veintisiete Millones Novecientos Noventa y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Soles), para el financiamiento del Aporte Total del Programa de los treinta y cuatro (34) proyectos de inversión de la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-03; Que, mediante Informe N° 249-2019-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera para el pago del Aporte Total del Programa de los treinta y cuatro (34) convenios suscritos con los organismos ejecutores públicos en el marco de la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-03, cuyo importe total asciende a S/ 27 992 689, 00 (Veintisiete Millones Novecientos Noventa y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Soles) monto total autorizado por el Decreto Supremo N° 303-2019-EF, por lo que se requiere la emisión de la Resolución Ministerial conforme a lo dispuesto en el numeral iii) del literal a) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, según consta en el Informe N° 1254-2019-TP/DE/ UGPPME-CFPP; Que, asimismo, mediante Memorando N° 13162019-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego adjunta el Informe N° 556-2019MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto, informando que mediante Oficio Nº 2067-2019-MTPE/4 de fecha 16 de setiembre de 2019, el Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas una demanda adicional para cuarenta y cinco (45) proyectos de inversión intensivos de mano de obra no calificada para el Programa por el importe de S/ 38 387 744,00; sin embargo, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas comunica al Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la transferencia de partidas para treinta y cuatro (34) proyectos por un monto de S/ 27 992 689,00 (Veintisiete Millones Novecientos Noventa y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Soles), monto consignado en el Anexo 1 "Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional" del Decreto Supremo Nº 303-2019-EF; Que, en ese sentido, mediante documento de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego hace suyos el Informe N° 556-2019-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto e Informe N° 289-2019MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, mediante los cuales se emite opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada; Que, en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes y en los informes de vistos corresponde la emisión del acto de administración solicitado; Con los visados del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, de la Unidad Gerencial de Promoción, y de la Unidad Gerencial de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,

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