Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2019 (14/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Que, conforme los detalla la Directiva Nº 002-CND-P-2004, aprobada mediante la Resolución Presidencial Nº 057-CND-P-2004, de fecha 06 de julio del 2004, establece que el INSTITUTO VIAL PROVINCIAL es el organismo de derecho público interno descentralizado de las Municipalidades Provinciales y de las Municipalidades Distritales de la provincia, que goza de autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera, y su creación se aprueba mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MUNIMOQ, se creó el Instituto de Vialidad Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto-IPV, como órgano descentralizado con derecho público interno de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto y de las Municipalidades Distritales de Samegua, Torata, Carumas, Cuchumbaya y San Cristóbal, asimismo en la misma Ordenanza se aprueba el estatuto del Instituto de Vialidad Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto ­IPV; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2007-MUNIMOQ, se aprueba el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, vigente la fecha en el cual se el cual fue creado mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MUNIMOQ; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2013-MUNIMOQ, de fecha 24 de diciembre del 2013, se aprueba la modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, únicamente en lo referente a los Órganos Desconcentrados, INCORPORANDO en el Organigrama vigente al Instituto de Vialidad Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto ­IPV, creado conforme se detalla en el párrafo primero; asimismo, se aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, únicamente en cuanto a los Órganos Descentralizados, incorporado en el numeral 10.2 al final del Artículo 76º, así como el Artículo 76º-A, referido a las funciones del Instituto de Viabilidad Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto ­IPV; Que, mediante Carta Nº 057-2019-JMMB-MOQ, el Magister en Gestión Pública José Manuel Miranda Becerra, en atención a la Directiva Nº 002-CND-P-2004, el Decreto Supremo Nº 017-2006-MTC y Decreto Supremo Nº 32-2005-EF, sugiere rectificar la denominación del Instituto Vial, contemplado en la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MUNIMOQ y la Ordenanza Municipal Nº 017-2013-MUNIMOQ, de la siguiente manera: de Instituto de Vialidad Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto ­ IPV, por la de Instituto Vial Provincial (IVP) ­ Mariscal Nieto, asimismo esta nueva denominación sea incluida en la actualización y modificación del Reglamento y Organización de Funciones y en el Organigrama Estructural, conforme al texto que consiga en la mencionada Carta y mediante Informe Legal Nº 498-2019-GAJ/GM/MPMN, de fecha 05 de julio del 2019, emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica en la cual opina que es procedente, rectificar la denominación del Instituto Vial contemplado en la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MUNIMOQ, Ordenanza Municipal Nº 017-2007-MUNIMOQ y Ordenanza Municipal Nº 017-2013-MUNIMOQ, de la siguiente manera: de Instituto de Vialidad Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto ­IPV, por la de Instituto Vial Provincial (IVP) ­ Mariscal Nieto, asimismo esta nueva denominación sea incluida en la actualización y modificación del Reglamento y Organización de Funciones y en el Organigrama Estructural, conforme al texto que consiga en la Carta Nº 057-2019-JMMB-MOQ; Que, mediante artículo 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 088-2003-PCM, regula la "Transferencia del Programa de Mantenimiento Rutinario de Caminos Vecinales de PROVÍAS RURAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Gobiernos Locales Provinciales para que encarguen su ejecución a los INSTITUTOS VIALES PROVINCIALES respectivos" y "Confirmación de los INSTITUTOS VIALES PROVINCIALES - IVP de las Municipalidades de una provincia determinada como los organismos encargados de la gestión vial de los caminos rurales en la jurisdicción de la provincia"; Finalmente, el DECRETO SUPREMO Nº 032-2005EF, aprueba los Lineamientos para la Distribución y

Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento 17. Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales, de cuyo texto se desprende los Artículos 8º y 11º, que establecen: "Implementación de los INSTITUTOS VIALES PROVINCIALES MUNICIPALES (IVP)" y el "Tratamiento de la rendición de cuentas en los IVP ­ Los Institutos Viales Provinciales Municipales"; En consecuencia y bajo las premisas antes desarrolladas, se puede apreciar que en los diferentes dispositivos legales de alcance nacional, se hace mención al "INSTITUTO VIAL PROVINCIAL" o "Instituto Vial Provincial Municipal", en ese entender se considera importante y trascendente, atender las sugerencias planteadas mediante Carta Nº 057-2019-JMMB-MOQ e Informe Nº 250-2019-SGPPPR/GPP/GM/MPMN, todo esto con la finalidad de poder adaptarnos a estos dispositivos legales de carácter nacional; Que, contando con opinión legal favorable emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen de la "Comisión Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto", que recomienda se apruebe la rectifique la denominación del Instituto de Vialidad Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto ­IPV, por la de Instituto Vial Provincial (IVP) ­ Mariscal Nieto; POR CUANTO: El Concejo Provincial de "Mariscal Nieto" en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26-052003 y Ley Nº 8230 del 03-04-1936, ha aprobado en "Sesión Ordinaria" de fecha 20-08-2019, la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- RECTIFICAR; la denominación del Instituto Vial contemplado en la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MUNIMOQ, Ordenanza Municipal Nº 017-2007-MUNIMOQ y Ordenanza Municipal Nº 017-2013-MUNIMOQ, de la siguiente manera: DE INSTITUTO DE VIALIDAD MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE MARISCAL NIETO ­ IPV, POR LA DE INSTITUTO VIAL PROVINCIAL (IVP) ­ MARISCAL NIETO, asimismo esta nueva denominación sea incluida en la actualización y modificación del Reglamento y Organización de Funciones y en el Organigrama Estructural, conforme al texto que consiga en la Carta Nº 057-2019-JMMB-MOQ. Artículo 2º.- Se encarga a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la realización de las acciones administrativas para el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza Provincial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 1822191-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALMAY
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento de la Municipalidad Distrital de Hualmay
ORDENANZA Nº 290-2019/MDH Hualmay, 30 de abril del 2019

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