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101 NORMAS LEGALES Jueves 14 de noviembre de 2019 El Peruano / A cargo de la Subgerencia de Limpieza Pública 13.1FORMALIZACIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE RECICLADORES CON PERSONERÍA JURÍDICA. 13.2INCORPORACIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE RECICLADORES FORMALIZADOS, AL PROGRAMA DE RECOLECCIÓN SELECTIVA Y COMERCIALIZACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS. Artículo Segundo.- DISPONER que los derechos de trámite a los que hace referencia el artículo primero, sean GRATUITOS. Artículo Tercero.- MODIFICAR los requisitos de los siguientes procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, a cargo de la Gerencia de Administración Tributaria y sus Subgerencias; y la denominación de 04 de ellos, de acuerdo al siguiente detalle: DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2019-DA/MDPPPROPUESTA Nº DENOMINACIÓN Nº DENOMINACIÓN 02.4RECURSO DE APELACIÓN DE RESOLUCIÓN QUE RESUELVE RECURSO DE RECLAMACIÓN/202.1 RECURSO DE APELACIÓN /2 02.5RECURSO DE APELACIÓN DE PURO DERECHO/202.2RECURSO DE APELACIÓN DE PURO DERECHO/2 03.2CONSTANCIA DE NO ADEUDO TRIBUTARIO (Impuesto Predial y/o Arbitrios)03.1CONSTANCIA DE NO ADEUDO TRIBUTARIO (Impuesto Predial y/o Arbitrios) 03.3REIMPRESIÓN DE DECLARACIÓN JURADA HR o PU03.2REIMPRESIÓN DE DECLARACIÓN JURADA HR o PU 04.6EXPEDICIÓN DE ESTADO DE CUENTA DE TRIBUTOS (Detalle de deuda pendiente y pagada)03.3EXPEDICIÓN DE ESTADO DE CUENTA DE TRIBUTOS (Detalle de deuda pendiente y pagada) 02.1SOLICITUD DE BENEFICIO TRIBUTARIO PARA PENSIONISTA (DEDUCCIÓN DE 50 UIT DE LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO PREDIAL)04.6SOLICITUD DE BENEFICIO TRIBUTARIO PARA PENSIONISTAS Y PERSONA ADULTO MAYOR DE 60 AÑOS. (DEDUCCIÓN DE 50 UIT DE LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO PREDIAL) 02.2SOLICITUD DE INAFECTACIÓN, EXONERACIÓN O BENEFICIO TRIBUTARIO04.8SOLICITUD DE INAFECTACIÓN, EXONERACIÓN O BENEFICIO TRIBUTARIO CON EVALUACIÓN PREVIA 02.6SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE PAGO INDEBIDO O EN EXCESO EN MATERIA TRIBUTARIA04.9SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE PAGO INDEBIDO O EN EXCESO EN MATERIA TRIBUTARIA 02.7SOLICITUD DE COMPENSACIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA.04.10SOLICITUD DE COMPENSACIÓN Y/O TRANSFERENCIA DE PAGO EN MATERIA TRIBUTARIA. 02.8SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA04.11SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA Artículo Cuarto.- ASIGNAR el Procedimiento Administrativo denominado SUBDIVISIÓN DE LOTE URBANO, a la Subgerencia de Autorizaciones Municipales: DE A SUBGERENCIA DE HABILITACIONES URBANASSUBGERENCIA DE AUTORIZACIONES MUNICIPALES 10.19 SUBDIVISIÓN DE LOTE URBANO06.114 SUBDIVISIÓN DE LOTE URBANOArtículo Quinto.- MODIFICAR la numeración de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra y la asignación de los procedimientos administrativos de la Gerencia de Administración Tributaria y sus Subgerencias a cargo, en el marco de sus competencias funcionales establecidas en el ROF, como consecuencia de la presente modi fi cación; Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaria General la publicación del Texto de la Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Innovación Tecnológica, la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la actualización de la Información en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, a la Gerencia de Gestión Ambiental, a la Subgerencia de Limpieza Pública, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Subgerencia de Autorizaciones Municipales, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1825912-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Rectifican denominación de Instituto Vial por la de Instituto Vial Provincial (IVP) - Mariscal Nieto y disponen su inclusión en la actualización del Reglamento de Organización y Funciones y del Organigrama Estructural ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2019-MPMN Moquegua, 21 de agosto de 2019 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO, en “Sesión Ordinaria” del 20-08-2019, el Dictamen Nº 025-2019-COPP-MPMN de Registro Nº 1927493 de fecha 13-08-2019, sobre recti fi cación de denominación del “Instituto de Vialidad Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto” contemplado en la Ordenanza Municipal Nº 004-2004-MUNIMOQ del 05-02-2004, así como la Ordenanza Municipal Nº 017-2007-MUNIMOQ DEL 28-09-2007 y en la Ordenanza Municipal Nº0017-2013-MPMN de fecha 24-12-2013, por la de “Instituto Vial Provincial Mariscal Nieto”. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 del 26-05-2003;