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93 NORMAS LEGALES Jueves 14 de noviembre de 2019 El Peruano / Unidad Orgánica NºProcedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividadDerecho de trámite S/ 1DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES104.00 Artículo Cuarto.- Mantener la vigencia del procedimiento administrativo, requisitos y su respectivo derecho de trámite contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1874, referente a Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones de la Gerencia de Desarrollo Económico, quedando enumerado de la siguiente manera: Unidad Orgánica NºProcedimiento administrativo o Servicio prestado en exclusividadDerecho de trámite S/ GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO18 REGULARIZACIÓN POR CONDUCCIÓN DE PUESTOS EN MERCADOS MUNICIPALES 18.1. ACTUALIZACIÓN Y/O RENOVACIÓN DE RESOLUCIÓN DE CONDUCCIÓN 18.2. REGULARIZACIÓN POR VACANCIA INTEMPESTIVA Y/O SUCESIÓN POR ÚNICA VEZ 253.90 201.90 Artículo Quinto.- Aprobar los formularios con códigos GDCGRD 01, GDCGRD 02, GDCGRD 03 y GDCGRD 04, de la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres que como Anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Disponer que el texto de la presente ordenanza sea publicado en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo se publicará la presente ordenanza y sus anexos en el Portal del Diario O fi cial El Peruano, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y, en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1826249-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. Modifican Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza N° 1081 ORDENANZA N° 2188 Lima, 7 de noviembre de 2019EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, a través de la Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911-MML; Que, con Ordenanza N° 1081, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de octubre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del Distrito de San Juan de Lurigancho, que forma parte integrante del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana; Que, con el Expediente Nº 293049-2018, de fecha 19 de setiembre de 2018, la Asociación Centro Comercial Plaza Las Flores, representada por su presidente, señor Maximiliano Robles Palacios, solicita cambio de zonifi cación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el inmueble de 978.50 m2, constituido por el Lote 5 Mz. C de la Urbanización Industrial Las Flores 81- Primera Etapa, ubicado frente a la Av. Los Jardines Este, antes Av.3, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante O fi cio N° 826-2018-MML-GDU-SPHU de fecha 21 de setiembre de 2018, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho que, en uso de sus competencias, aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica, dentro del plazo de 30 días; puesto que, vencido dicho plazo sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable, en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086; Que, con O fi cios N° 0005-2019-GDU/MDSJL de fecha 25 de febrero de 2019 y N° 010-2019-GDU/MDSJL de fecha 20 de marzo de 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho remite, fuera de plazo, el Acuerdo de Concejo N° 073-2018-MDSJL/CM de fecha 27 de octubre de 2018, donde declara favorable la petición de cambio de zonifi cación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el predio ubicado frente a la Av. 3, en el Lote 5, de la Mz “C” de la Urbanización Industrial Las Flores 81 - Primera Etapa, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, con Informe N° 556-2018-SGPUC/MDSJL, de fecha 11 de diciembre de 2018, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho informa que, se ha veri fi cado que el área de terreno solicitado se encuentra cali fi cado como Industria Liviana (I2); asimismo, efectuada la inspección ocular se constató que en los lotes colindantes al lote en evaluación, que se encuentran frente a la Av. Los Jardines Este, vienen funcionando diferentes tipos de actividades comerciales, por lo cual la propuesta de cambio de zoni fi cación se hace extensivo a todo el frente de manzana que da hacia la Av. Los Jardines Este, por lo que emite opinión favorable al Cambio de Zoni fi cación a Comercio Zonal (CZ); indicando, además, que en los lotes que se encuentran frente al Jr. Los Cinceles, vienen funcionando pequeñas industrias, por lo tanto debe mantener su zoni fi cación ya establecida de Industria Liviana y que de conformidad con