Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2019 (15/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de noviembre de 2019 /

El Peruano

CONSIDERANDO:

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2019
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 099-2019-INGEMMET/PE Lima, 11 de noviembre de 2019 VISTO, el Informe N° 040-2019-INGEMMET/DCM, de fecha 11 de noviembre de 2019, emitido por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de octubre de 2019. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario Oficial "El Peruano", por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de octubre de 2019, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese. HENRY LUNA CÓRDOVA Presidente Ejecutivo INGEMMET 1825953-1

Que el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor I de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas, por lo que resulta conveniente designar a la persona que asumirá dicho cargo de confianza; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora KARLA YVONNE FERNANDEZ GRANADOS, en el cargo de confianza de Asesor I de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional 1826438-1

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto
INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 123-024-0005308 Punchana, 4 de noviembre del 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Intendencia N° 121-024-0001107/SUNAT publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de agosto de 2017, se designó como auxiliar coactivo de la Intendencia Regional Loreto, al Sr. Heyner Humberto Calvo Rivas; Que, es necesario dejar sin efecto la designacion referida en el considerando anterior, en virtud que el mencionado trabajador ha sido reasignado a otra área operativa, ejerciendo funciones distintas a las de cobranza coactiva; Que, es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia;

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Asesora I de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 236-2019/SUNAT DESIGNA EN CARGO DE CONFIANZA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Lima, 12 de noviembre de 2019

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