Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2019 (15/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 15 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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por las obligaciones financieras contraídas por el FISSAL al cierre del período 2018. Asimismo, concluye (...) el importe a programar para la transferencia correspondiente al calendario noviembre 2019 asciende al importe de S/ 11 452,326.00, en la categoría presupuestaria 9002 APNOP (...)", en el marco de los convenios suscritos entre el Seguro Integral de Salud ­ SIS, Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL y los Gobiernos Regionales ­ GORES, las Direcciones de Redes Integradas de Salud ­ DIRIS, y las IPRESS Públicas; Que, mediante Memorando N° 622-2019-SISFISSAL/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL ­ OPP del FISSAL aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario N° 587 hasta por el monto de S/ 11 452,326.00 (Once millones cuatrocientos cincuenta y dos mil trescientos veintiséis y 00/100 Soles), correspondiente al Calendario noviembre 2019, para la transferencia financiera programada por la Dirección de Financiamiento de Prestaciones del FISSAL, emitiendo opinión favorable mediante Informe N° 067-2019-SIS-FISSAL/OPP; Que, con Informe N° 150-2019-SIS-FISSAL/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica del FISSAL concluye y recomienda que, al contar con los informes y opiniones favorables respectivos, corresponde elevar el expediente a la Titular del Pliego SIS; Que, a través del Oficio N° 1217-2019-SIS-FISSAL/J, la Jefa (e) del FISSAL remite a la Jefatura del SIS la propuesta de transferencia financiera correspondiente al Calendario noviembre 2019, para su respectiva aprobación; Que, mediante Memorando N° 1795-2019-SIS/ OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia financiera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 Fondo lntangible Solidario de Salud ­ FISSAL­Calendario noviembre 2019, por el importe total S/ 11 452,326.00 (Once millones cuatrocientos cincuenta y dos mil trescientos veintiséis y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe N° 568-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído N° 587-2019-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del SIS, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos del FISSAL y del SIS, considera jurídicamente viable emitir la Resolución Jefatural que apruebe la Transferencia Financiera a favor de las Unidades Ejecutoras detalladas por el FISSAL mediante el Anexo N° 1, adjunto al Oficio N° 1217-2019-SISFISSAL/J, para el financiamiento de las prestaciones de salud que se brinden a los asegurados SIS; Con el visto de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud ­FISSAL, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL hasta por la suma de S/ 11 452,326.00 (ONCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, en los términos y a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo N° 1 ­ Transferencia Financiera­ Recursos Ordinarios­Calendario noviembre 2019, que forma parte integrante de la presente Resolución, para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS a cargo del FISSAL en el marco de los convenios suscritos.

Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1827241-1

ORGANISMOS REGULADORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban Clasificador de Cargos de la SUNASS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 013-2019-SUNASS-PE Lima, 13 de noviembre de 2019 VISTO: El Memorándum N° 190-2019-SUNASS-OAF mediante el cual el Gerente (e) de la Oficina de Administración y Finanzas propone el nuevo Clasificador de Cargos de la SUNASS. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 145-2019PCM se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNASS. Que, a través de la Resolución de Presidencia N° 040-2019-SUNASS-PCD se aprobó la Sección Segunda del ROF y el organigrama correspondiente. Que, el ROF contempla nuevos órganos y unidades orgánicas, acorde a las funciones asignadas a la SUNASS, por el Decreto Legislativo N° 1280 Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento. Que, en ese contexto con el informe de visto se da a conocer la necesidad de adecuar los documentos de gestión de la entidad, entre ellos el Clasificador de Cargos, el cual describe el ordenamiento de los cargos de la SUNASS considerando el grado de responsabilidad y complejidad que demandan su desempeño y los requisitos mínimos requeridos; siendo el documento de gestión sobre la base del cual se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional. Que, el Clasificador de Cargos, presentado por la Oficina de Administración y Finanzas con el informe de visto, ha sido elaborado considerando lo establecido por el artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público que clasifica al personal del empleo público de acuerdo a lo siguiente: funcionario público, empleado de confianzas y servidor público. De conformidad con el artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público. SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR el Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Servicios de SaneamientoSUNASS que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- DEJAR sin efecto la Resolución de Presidencia N° 015-2017-SUNASS-PCD. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano", la cual

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