Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2019 (20/11/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de noviembre de 2019 /

El Peruano

la colaboración y concurso de la sociedad civil y de las organizaciones sociales; Que, según el Artículo 73º, numeral 6.4 de la citada Ley Nº 27972, es competencia municipal en materia de servicios sociales locales, el difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales; Que, las niñas, niños y adolescentes al ser parte de las familias, las que constituyen institutos fundamentales de la sociedad, deben ser considerados en las decisiones y procesos que les afecten y que tengan impacto en sus comunidades, siendo necesario que sean informados, escuchadas sus voces, respetadas sus opiniones y la forma cómo decidan expresarlas; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, aprueba la constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes mediante la Resolución Ministerial Nº 355-2009 y su modificatoria, para el ámbito nacional; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó la Ordenanza Nº 1499, que crea el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes de Lima Metropolitana (CCONNA-LM), que se constituirá en un espacio de participación de carácter exclusivamente consultivo, conformado por niñas, niños y adolescentes elegidos democráticamente y que representen a diferentes grupos, espacios y formas de organización; Que, actualmente se dispone de mecanismos y experiencias significativas de formas de organización y participación de las niñas, niños y adolescentes en diversos espacios del Estado y Sociedad Civil, Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes, Municipios Escolares, en el Presupuesto Participativo, Encuentros de Niñas, Niños y Adolescentes, Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente, entre otros; Que, sobre el particular, existe un proyecto internacional denominado "Ciudad de los Niños", que nace en Fano-Italia en 1991, el mismo que tiene una motivación orientada hacia una nueva filosofía de gobierno de la ciudad, tomando a los niños como parámetro y como garantía de las necesidades de todos los ciudadanos, y que basa sus acciones en la "Construcción de una ciudad diversa y mejor para todos, de manera que los niños puedan vivir una experiencia como ciudadanos, autónomos y participativos", donde la creación del Consejo de los Niños es una de sus estrategias principales; Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 242-2019-SG-SPSDOCIAM/MDP de fecha 31.07.19 de la Sub Gerencia de Salud y Programas Sociales, DEMUNA, OMAPED y CIAM, con el que sustenta la creación DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS Y NIÑOS DEL DISTRITO DE PUCUSANA, a efectos de promover la autonomía de los niños así como su participación en aras de colaborar en una mejor administración del gobierno local; se advierte que tal proyecto cuenta con sustento legal, según la opinión de la Gerencia de Asesoría Legal, a través del Informe Legal Nº 391-2019/GAJ/MDM de fecha 03.09.19, con el que se concluye que es procedente la propuesta de creación del Consejo en mención, toda vez que el mismo se encuentra acorde a la normatividad vigente aplicable; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el Artículo 9º, numeral 8, y Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS Y NIÑOS DEL DISTRITO DE PUCUSANA Artículo Primero.- APROBAR la constitución del Consejo Consultivo de Niñas y Niños en el Distrito de Pucusana, documento que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que el Consejo Consultivo se conforme por el Consejo de Niñas y Niños, cuyas edades de sus integrantes oscilan entre 07 y 10 años con seis meses, que está adherido al Proyecto Internacional Ciudad de los Niños.

Los Consejos en mención están conformados por veinticuatro (24) miembros cada uno, elegidos de forma equitativa entre doce (12) varones y doce (12) mujeres. Artículo Tercero.- CREAR los Consejos con el propósito de ser un espacio de participación genuina, que represente el pensamiento del niño de los diferentes sectores del distrito y que ambos generen propuestas, ideas o soluciones que orienten al gobierno local en el desarrollo del distrito. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que son funciones de los Consejos Consultivos: a) Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de niñez ante el despacho de la Alcaldía. b) Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre niñez. c) Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten y les sea pertinente. d) Representar a las niñas y niños del distrito de Pucusana ante las autoridades e instituciones locales, regionales y nacionales vinculadas a la atención de la niñez. e) Participar en la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas locales de atención a la niñez. f) Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas y niños. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, la instalación de la Comisión Organizadora del Consejo Consultivo con participación de niñas y niños representantes de diferentes grupos, espacios y formas de organización, y el cumplimiento de las siguientes funciones: a) Elaborar la metodología para constituir de manera representativa el Consejo Consultivo de Niñas y Niños, en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de su instalación. b) Elaborar el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Consultivo de Niñas y Niños del distrito de Pucusana. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación y difusión de la presente en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, en el Portal Institucional. La presente norma entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA Hasta el momento de la instalación del Consejo Consultivo de Niñas y Niños, la Comisión Organizadora podrá emitir opinión sobre los temas relacionados con la niñez, según corresponda. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS PASCUAL CHAUCA NAVARRO Alcalde 1828014-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Amplían suspensión por 15 días hábiles adicionales la aplicación de las infracciones establecidas en la Ordenanza N° 507MSI, que regula el uso y operación de los vehículos de movilidad personal en el distrito de San Isidro
DECRETO DE ALCALDÍA N° 016-2019-ALC/MSI San Isidro, 18 de noviembre de 2019

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