Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2019 (20/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Miércoles 20 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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3) Fotografías de las zonas a intervenir clasificadas por número de cuadras. Artículo 11.- Identificación de Infraestructura aérea instalada Los operadores de la infraestructura aérea de servicio público existente deberán identificar los postes y cables aéreos de su propiedad en las áreas de dominio público administradas por la Municipalidad Distrital de Barranco, con un rótulo o marca que indique el nombre de la empresa propietaria. Artículo 12.- Prohibiciones sobre tendido de redes de cableado aéreo e instalaciones de postes a) Realizar el tendido de infraestructura aérea en el Centro Histórico o Monumental del distrito de Barranco, excepto cuando al evaluar la posibilidad de instalar infraestructura subterránea, el Ministerio de Cultura, determine que dicha instalación afectará el Patrimonio Histórico de la Nación. b) La instalación de postes y el tendido de redes de cables aéreos de telecomunicaciones, eléctricos y afines que ingresen a una vivienda o edificio cruzando e invadiendo la propiedad privada (balcones, fachadas, techos, azoteas, etc), deberán ingresar los elementos del servicio al inmueble de forma subterránea, de acuerdo al Reglamento Nacional de Edificaciones.

c) La instalación de la infraestructura aérea y subterránea que no constituya la prestación de servicios públicos en las áreas de dominio púbico administradas por la Municipalidad con excepción de aquella infraestructura que vaya a forma parte del patrimonio Municipal o del Estado para cuyo efecto se deberá cumplir con gestionar los convenios y/o permisos correspondientes. CAPÍTULO III INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 13.- Clasificación y tipificación de infracciones Son infracciones que generan responsabilidades administrativas, sin perjuicio de otras responsabilidades, las siguientes: - Incumplir con las disposiciones y procedimientos vinculados a la infraestructura aérea de servicio público existente. - Incumplir con las medidas de ordenamiento por parte del operador de la infraestructura aérea de servicio público. Las demás que se especifiquen en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, aprobado por Ordenanza Nº 486-2017-MDB:
SANCIÓN INFRACTORES MEDIDA PECUNIARIA 15 UIT 15 UIT 5 UIT 5 UIT 15 UIT 15 UIT 15 UIT Retiro Retiro Retiro MEDIDA COMPLEMENTARIA Retiro Retiro

OBRAS PÚBLICAS /AFECTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS CÓDIGO 08-0326 08-0327 08-0328 08-0329 08-0330 08-0331 08-0332 DESCRIPCIÓN

Incumplir con las disposiciones y procedimientos vinculados a la infraestructura Operador de infraestructura aérea de servicio público existente aérea de servicio público Incumplir con la ejecución de las medidas de ordenamiento por parte del Operador de infraestructura operador de la infraestructura aérea de servicio público aérea de servicio público. No cumplir con el Plan de Ordenamiento en el plazo establecido Operador de infraestructura aérea de servicio público.

No reportar la finalización de la instalación de la Infraestructura de Operador de infraestructura Telecomunicaciones a la Entidad ante la cual tramitó la Autorización aérea de servicio público. No cumplir con el plazo de ejecución para el retiro de la infraestructura aérea Operador de infraestructura de servicio público aérea de servicio público. Por sustituir redes de distribución subterráneas por redes de distribución Operador de infraestructura aéreas aérea de servicio público Por no retirar o instalar cualquier elemento o cable aéreo de distribución de Operador de infraestructura telefonía, internet, energía eléctrica, o similar que ingrese a una vivienda o aérea de servicio público edificio cruzando e invadiendo propiedad privada No realizar el desmontaje y retiro de la Infraestructura de Telecomunicaciones que no haya sido utilizada para la prestación de servicios de telecomunicaciones durante un (1) año, contado desde la fecha que se comunica la finalización de Operador de infraestructura su instalación a la Entidad ante la cual se tramitó la Autorización, o desde la aérea de servicio público. fecha de constatación de no utilización realizada por la Autoridad competente de ser el caso No mantener en buen estado de conservación la Infraestructura de Operador de infraestructura Telecomunicaciones instalada, generando riesgo para la salud y vida de las aérea de servicio público. personas Por dañar el patrimonio urbanístico, histórico, cultural, turístico y paisajístico Operador de infraestructura aérea de servicio público

08-0333

11 UIT

Retiro

08-0334 08-0335

5UIT 15 UIT Retiro

Artículo 14.- Atribución para la aplicación de sanciones La Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa tendrá la facultad de aplicar las sanciones por el incumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo 15.- Modificación e Incorporación de sanciones administrativas Incorpórese al Cuadro de Único de Infracciones y Sanciones, aprobado con Ordenanza Nº 486-2017-MDB de la Municipalidad Distrital de Barranco, las infracciones indicadas en la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- ENCARGAR a la Subgerencia de Obras Públicas y Vial, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad

y Gestión Ambiental y a la Subgerencia del Riesgos de Desastres, realizar en el plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación de la presente ordenanza, un informe conjunto sobre las áreas críticas de tendido de cables pasibles de ser sancionado administrativamente. Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Subgerencia de Obras Públicas y Vial, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental y a la Subgerencia de Fiscalización y coactiva administrativa de esta Municipalidad, quienes deberán realizarlas acciones necesarias para cumplir con la presente disposición. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación de la misma en la página web de la Municipalidad: www.munibarranco.gob.pe.

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