Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2019 (20/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, a través de la Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911-MML; Que, con Ordenanza N° 1081, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de octubre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del Distrito de San Juan de Lurigancho, que forma parte integrante del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana; Que, a través del Expediente Nº 293099-2018, de fecha 19 de setiembre de 2018, la Asociación Centro Comercial Plaza Las Flores, representada por su presidente, Maximiliano Robles Palacios, solicita cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el inmueble de 1, 374.45m2, constituido por el Lote 6 Mz. C de la Urbanización Industrial Las Flores 81- Primera Etapa, ubicado frente a la Av. Los Jardines Este, antes Av.3, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio N° 831-2018-MML-GDU-SPHU de fecha 24 de setiembre de 2018, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho que, en uso de sus competencias, aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica, dentro del plazo de 30 días; puesto que, vencido dicho plazo sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable, en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086; Que, con Oficio N° 0005-2019-GDU/MDSJL de fecha 25 de febrero de 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho remite, fuera de plazo, el Acuerdo de Concejo N° 074-2018-MDSJL/CM de fecha 27 de diciembre de 2018, que declara favorable la petición de cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el predio ubicado frente a la Av. 3, en el Lote 6, de la Mz "C" de la Urbanización Industrial Las Flores 81 - Primera Etapa, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, con Informe N° 555-2018-SGPUC/MDSJL, de fecha 11 de diciembre de 2018, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho informa que se ha verificado que el área de terreno solicitado se encuentra calificado como Industria Liviana (I2); que efectuada la inspección ocular se constató que en los lotes colindantes al lote en evaluación, que se encuentran frente a la Av. Los Jardines Este, vienen funcionando diferentes tipos de actividades comerciales, por lo cual la propuesta de cambio de zonificación se hace extensivo a todo el frente de manzana que da hacia la Av. Los Jardines Este, por lo que emite opinión favorable al Cambio de Zonificación a Comercio Zonal (CZ); indicando, además, que en los lotes que se encuentran frente al Jr. Los Cinceles, vienen

funcionando pequeñas industrias, por lo tanto debe mantener su zonificación ya establecida de Industria Liviana y que de conformidad con la normatividad vigente, Ordenanza N° 2086, es favorable el pedido de cambio de zonificación. De igual modo, sobre la consulta vecinal respectiva, informa que se realizaron 11 encuestas a los vecinos de los cuales 11 declararon a favor del Cambio de Zonificación, es decir, el 100%; Que, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Planificación, con Oficio N° 0137-19-MML-IMP-DE de fecha 23 de enero de 2019, traslada el Informe CEZ N° 005-2019-MML-IMP-DE/DGPT, de fecha 14 de enero de 2019, con opinión favorable al cambio de Zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), señalando lo siguiente: 1) La presencia del supermercado Metro ha generado la proliferación de usos comerciales a lo largo de la Av. Los Jardines, incluyendo los frentes de las manzanas calificadas como Industria Liviana-I2. 2) En el frente de la manzana donde se localiza el predio se ubican actividades predominantes comerciales como mercados, centros comerciales, locales de culto y un taller maderero, el cual es compatible con la calificación de Comercio Zonal, según el Índice de Usos para la ubicación de Actividades Urbanas del Área de Tratamiento Normativo I. 3) Actualmente en el predio de la solicitud viene funcionando informalmente un centro comercial, en condiciones precarias, con edificaciones temporales. 4) En general, el uso predominante en el frente de manzana donde se localiza el predio de la solicitud es el comercial, por lo que la localización de un centro comercial y la calificación de Comercio Zonal (CZ) a todo el frente de manzana no alteraría las condiciones actuales, por el contrario, permitiría regularizar los usos comerciales ya instalados; Que, la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través del Informe N° 149-2019-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 13 de mayo de 2019, emite opinión favorable al cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el predio constituido por el Lote 6 Mz. C de la Urbanización Industrial Las Flores 81- Primera Etapa, ubicado frente a la Av. Los Jardines Este, antes Av.3, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, con un área de 1, 374.45m2, de propiedad de la Asociación Centro Comercial Plaza Las Flores, por cuanto existe una dinámica urbana con características comerciales, que hace viable consolidar la Av. Los Jardines Este como un eje de desarrollo de actividades comerciales compatibles con la Zonificación de Comercio Zonal para el Área de Tratamiento Normativo I, siendo la actividad solicitada consecuente con la visión de desarrollo del distrito, el cual considera como objetivo estratégico: "Promover la formalización de las actividades económicas"; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 039-2019-MMLCMDUVN, de fecha 29 de mayo de 2019, el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO APROBADO POR ORDENANZA N° 1081 Artículo Primero.- Aprobar la Modificación del Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza 1081, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de octubre de 2007, de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el inmueble de 1, 374.45m2, constituido por el Lote 6 Mz. C de la Urbanización Industrial Las Flores 81- Primera Etapa, ubicado frente a la Av. Los Jardines Este, antes Av.3, del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Asociación Centro Comercial Plaza Las Flores, debiéndose hacer extensivo dicho cambio a todo el frente de la Av. Los Jardines Este,

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