Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2019 (20/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Miércoles 20 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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expedido por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro se concluye que el referido proyecto de Ordenanza se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos técnicos reales de nuestro distrito, lo cual permitirá a la población solucionar los problemas por falta de servicios básicos. Que, asimismo mediante Informe Nº 038-2019-MDC/ GPP-SGPDI de fecha 16 de Octubre del 2019, emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, se brinda opinión favorable al referido proyecto, precisando que sobre el derecho de trámite del Procedimiento Administrativo de Visación de Planos de Lotización y Trazado de vías, esta se determinara de acuerdo al Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM y será publicada en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, previa ratificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, a través del Informe Nº 197-2019-MDC/GAJ de fecha 18 de Octubre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión, que resulta viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza que propone regular el Procedimiento Administrativo para la Visación de Planos de Lotización y Trazado de vías para fines de servicios básicos para posesiones informales ubicados en el Distrito de Cieneguilla. En tal sentido, del análisis legal integral efectuado al referido Proyecto de Ordenanza, consideramos que esta se encuentra conforme a la normatividad vigente, las cuales están contenidas principalmente en la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al suelo y dotación de Servicios Básicos, por lo que su aprobación resulta viable y necesaria con carácter de urgencia dado el interés local del mismo. Que, con Informe Nº 413-2019-MDC/GDUR-SGOPC de fecha 30 de Octubre del 2019, la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro dependiente de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural remite un Informe sobre las Subsanaciones de las observaciones del referido Proyecto consensuado con los señores Regidores en el cuarto intermedio de la Sesión de Concejo llevada a cabo el día 29 de octubre del 2019, solicitado por el Regidor Denis Harnold Marín Juárez, donde fue aprobado por el Pleno del Concejo Municipal. Intermedio de Sesión de Concejo) llevada a cabo el día 29 de octubre del 2019, que fue aprobado por el Pleno del Concejo Municipal. Estando a los considerandos precedentes y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL TRATAMIENTO ESPECIAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA VISACION DE PLANOS DE LOTIZACION Y TRAZADO DE VIAS PARA FINES DE OBTENCION DE SERVICIOS BÁSICOS PARA POSESIONES INFORMALES Y/U ORGANIZACIONES VECINALES EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETIVOS. La presente Ordenanza tiene por objeto facilitar la Visación de planos de lotización y trazado de vías para la obtención de servicios básicos en el distrito de Cieneguilla, para Posesiones Informales y/u Organizaciones Vecinales ubicadas en la jurisdicción, facilitando a todos los pobladores y familias de bajos recursos económicos, que residen dentro del distrito de Cieneguilla, el acceso a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe; garantizando la protección y el mejoramiento de vida del ser humano, para su desarrollo y el progreso de las poblaciones asentadas en posesiones informales - en el marco legal de la Ley Nº 28687 ­ "Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal y Acceso a Suelo y Dotación del Servicios Básicos", y su reglamento ­ Decreto Supremo Nº0062006-Vivienda.

Artículo 2º.- BASE LEGAL El presente dispositivo se fundamenta en las siguientes normas legales: - Constitución política del Perú. - Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. - Ley Nº27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General. - Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos - Decreto Supremo Nº 017- 2006-VIVIENDA ­ Reglamento de los Títulos II y III de la Ley Nº 28687 Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos. - Resolución Ministerial Nº 301-2017-Vivienda Aprueba el Plan de Implementación del Programa "Agua Segura para Lima y Callao". - Decreto Legislativo Nº1221 que Mejora la Regulación de la Distribución de Electricidad para Promover el Acceso a la Energía Eléctrica en el Perú. - Resolución Ministerial Nº 242-2017-VIVIENDA ­ Aprueba el Manual de Operaciones del Programa "Agua Segura para Lima y Callao" - Ley Nº29664, Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres y Reglamento. Artículo 3º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como finalidad viabilizar el Procedimiento Administrativo para la Visación de Planos de Lotización y Trazado de Vías para fines de Obtención de Servicios Básicos para Posesiones Informales y/u Organizaciones Vecinales asentadas dentro del distrito de Cieneguilla, a fin de que los vecinos puedan contar con la Constancia de Posesión para instalación de servicios básicos, como de electricidad, agua y desagüe en toda la jurisdicción de Cieneguilla y contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida, el desarrollo y progreso de los poseedores sentados en posesiones informales y/u organizaciones vecinales debidamente reconocidos y que a la fecha de la emisión de la presente ordenanza carecieran de dichos servicios que se encuentren dentro de los alcance de la Ley Nº 28687 ­ "Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal y Acceso a Suelo y Dotación del Servicios Básicos", y su reglamento ­ Decreto Supremo Nº0062006-Vvienda. Artículo 4º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Aplica a todos aquellos Posesionarios Informales y/u Organizaciones Vecinales debidamente reconocidas, asentadas dentro del distrito de Cieneguilla y/o se encuentren en los límites de demarcación territorial, que requieren contar con los servicios de electricidad, agua y desagüe, siempre y cuando los administrados NO se encuentren inmersos en conflictos de interés, ya sean vecinales, judiciales o de superposición. Artículo 5º.-BENEFICIARIOS Los beneficiarios de la presente ordenanza son los poseedores informales de predios de uso residencial, ubicados en asentamientos humanos, pueblos jóvenes, asociaciones y/o cooperativas de viviendas del distrito, correspondientes a terrenos que no cuenten con habilitación urbana y que a la fecha no cuente con la dotación de servicios básicos. Artículo 6º.- DEFINICIONES Para la presente Ordenanza se aplicarán las siguientes definiciones: 1 Poseedor Informal: Aquella persona que posee un lote que forma parte de una posesión informal, o grupo de personas que ejercen de manera conjunta la posesión de un predio matriz ocupado por una posesión informal. 2 Instrumentos Técnicos: Corresponde a la solicitud de Constancia de Posesión para Servicios Básicos, Copia simple de Plano ó croquis del predio, Derecho de trámite, Acta de verificación de posesión efectiva del predio,

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