Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 22 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe N° 358-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional de San Agustín, hasta por la suma de S/ 245 000,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestales que no resultan en productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, destinadas a efectuar el desembolso referido; Que, en consecuencia, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera señalada en el considerando precedente, en el marco del fondo FOMITEC; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Directiva N° 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01 y modificatoria, el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de la Universidad Nacional de San Agustín, entidad pública vinculada al Sector Educación, señalada en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 245 000,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, que permitirá el desembolso destinado a cofinanciar un (01) Proyecto de Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios y Entidades Afines ­ IAN, en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología ­ FOMITEC; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto institucional aprobado en el Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza la referida transferencia financiera, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo Único, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1829496-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Pliego Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora: Marina de Guerra del Perú, destinada a financiar la adquisición de patrulleras de interdicción marítima y su equipamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 507-2019-PRODUCE Lima, 21 de noviembre de 2019 VISTOS: El Memorando N° 1204-2019-PRODUCE/ DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Viceministerio de Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 1162-2019-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 359-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe N° 973-2019-PRODUCE/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial N° 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, el artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 0042019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público, autoriza, entre otros, de manera excepcional, al Ministerio de la Producción, durante el Año Fiscal 2019, a efectuar transferencias financieras a favor del Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora Marina de Guerra del Perú, hasta por la suma de S/ 16 050 521,00

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