Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 22 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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y su modificatoria, para el periodo 2019-2020, con Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG se aprobó el "Tarifario que establece el monto de retribución económica de las sociedades de auditoría, por período a auditar, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las mismas", correspondiendo al Ministerio de la Producción realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 300 318,73 (TRESCIENTOS MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 73/100 SOLES), requiriéndose para el año fiscal 2019 el monto de S/ 164 020,23 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL VEINTE Y 23/100 SOLES), que representa el cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica (incluido el IGV) y el importe total según tarifario, del derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría; así también, indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020, por el otro 50% de la retribución económica (incluido el IGV) del periodo auditado 2019; Que, mediante Memorando N° 1074-2019-PRODUCEOGA, la Directora General de la Oficina General de Administración remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización un proyecto de resolución ministerial que aprueba una transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 164 020,23 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL VEINTE Y 23/100 SOLES), para lo cual adjunta la documentación sustentatoria, que incluye la Certificación de Crédito Presupuestario N° 4682 y la Previsión de Reserva Presupuestaria N° 035-2019; Que, con Memorando N° 1169-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción adjunta el Informe N° 362-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 164 020,23 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL VEINTE Y 23/100 SOLES), autorizada en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Dicha transferencia financiera se efectúa con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, en consecuencia, es necesario aprobar una transferencia financiera hasta por la suma de S/ 164 020,23 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL VEINTE Y 23/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 50% de la retribución económica que incluye el IGV y el 6% del derecho de designación y supervisión, por el periodo auditado 2019; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG; y la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 164 020,23 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL VEINTE Y 23/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de

la República, destinada a los fines señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado para el Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Oficina General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1829496-4

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal ­ CONAFAR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 510-2019-PRODUCE Lima, 21 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 003-2019-CONAFAR/PRESIDENCIA del Presidente del Consejo Nacional de Fomento Artesanal; el Memorando N° 1516-2019-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 2205-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe N° 48-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGDE/DAM, de la Dirección de Articulación de Mercados de la referida Dirección General; el Informe N° 968-2019-PRODUCE/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 575-2017-PRODUCE, se designa al señor César Herbert Figueroa Ruiz, profesional de la Dirección de Articulación de Mercados de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y al señor Ricardo Antonio Cuba Alván, profesional de la citada Dirección General, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Fomento Artesanal­CONAFAR, siendo necesario dar por concluidas las citadas designaciones y designar a los nuevos representantes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley N° 29073, Ley del artesano y del desarrollo de la actividad artesanal y su Reglamento, aprobado por Decreto

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