Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de noviembre de 2019 /

El Peruano

asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante la Resolución Ministerial Nº 432-2018-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gasto correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por la suma de S/ 4 262 440 905,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el inciso iv. del literal a) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras del MVCS para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; las mismas que según el numeral 16.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano; Que, el Decreto de Urgencia N° 004-2019, que establece medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público, autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor entre otros, del MVCS hasta por la suma de S/ 315 000 000,00 (TRESCIENTOS QUINCE MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de los cuales la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) corresponden al Bono del Buen Pagador; Que, mediante Memorándum Nº 1919-2019-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU el Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo comunica a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que se ha suscrito la Adenda Nº 01 al Convenio Nº 004-2019-VIVIENDA para la ejecución del Bono del Buen Pagador, por lo que solicita gestionar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., en el marco de lo establecido por el artículo 16 de la Ley Nº 30879; Que, con Memorándum Nº 2638-2019-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 601-2019-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006086. Selección Asignación y Supervisión del Bono del Buen Pagador, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a financiar la ejecución del Bono del Buen Pagador; para lo cual, se ha suscrito la Adenda Nº 01 al Convenio Nº 004-2019-VIVIENDA, precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso iv. del literal a) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos

Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a financiar la ejecución del Bono del Buen Pagador; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, el Decreto de Urgencia N° 004-2019, Establece medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a financiar la ejecución del Bono del Buen Pagador. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006086. Selección Asignación y Supervisión del Bono del Buen Pagador, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Convenio N° 004-2019-VIVIENDA y su Adenda Nº 01. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Convenio N° 004-2019-VIVIENDA y su Adenda Nº 01. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Convenio N° 004-2019-VIVIENDA y su Adenda Nº 01. Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina General de Estadística e Informática su difusión en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1829588-1

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