Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de noviembre de 2019 /

El Peruano

(DIECISÉIS MILLONES CINCUENTA MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), previa suscripción de convenio, para financiar la inversión con código único de inversión N° 2194213 "Creación de los servicios de interdicción marítima en el Dominio Marítimo Nacional". Dicha transferencia financiera se aprueba mediante resolución del titular del pliego respectivo, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con la finalidad de realizar acciones conjuntas dirigidas a potenciar las capacidades de supervisión, control y fiscalización de las embarcaciones pesqueras nacionales e internacionales que realizan labores de pesca, cabotaje y tránsito por aguas jurisdiccionales peruanas a lo largo del litoral peruano; el Ministerio de la Producción ha suscrito un convenio específico con el Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, para el financiamiento del proyecto de inversión con código único de inversión N° 2194213; Que, mediante Memorando N° 1204-2019-PRODUCE/ DGSFS-PA, el Director General de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Viceministerio de Pesca y Acuicultura, remite copia fiel del original del Convenio Específico firmado entre el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Defensa ­ Marina de Guerra del Perú, para financiar la adquisición de dos (02) patrulleras de interdicción marítima y su equipamiento en el marco del proyecto de inversión con código único de inversión N° 2194213 "Creación de los servicios de interdicción marítima en el Dominio Marítimo Nacional", debidamente suscrito y visado por el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú y la Viceministra de Pesca y Acuicultura y solicita efectuar las gestiones necesarias para realizar la transferencia financiera del Ministerio de la Producción al Ministerio de Defensa ­ Marina de Guerra del Perú; Que, con Memorando N° 1162-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe N° 359-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, que permita financiar la adquisición de dos (02) patrulleras de interdicción marítima y su equipamiento, por el importe de S/ 14 050 521,00 (CATORCE MILLONES CINCUENTA MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES) por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 5005713: Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias; Que, en consecuencia, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera señalada en el considerando precedente, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 004-2019; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 004-2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, la Directiva N° 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01 y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú

Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, por la suma de S/ 14 050 521,00 (CATORCE MILLONES CINCUENTA MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, destinada a financiar la adquisición de dos (02) patrulleras de interdicción marítima y su equipamiento, en el marco del proyecto de inversión con código único de inversión N° 2194213, potenciando así las capacidades conjuntas de supervisión, control y fiscalización. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto institucional aprobado en el Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 5005713: Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Implementación, seguimiento y evaluación La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura es la responsable de la implementación, seguimiento y evaluación del objeto y compromisos señalados en el marco del convenio específico suscrito, debiendo informar al Titular de la Entidad. Artículo 5.- Información El Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, informará al Ministerio de la Producción sobre el desarrollo de la ejecución de la fase de inversión, así como, cualquier otro aspecto relacionado a la inversión pública a que refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con el Convenio Específico suscrito. Artículo 6.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1829496-2

Autorizan transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores producción, ambiente, agricultura, educación, y a gobiernos regionales y gobiernos locales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 508-2019-PRODUCE Lima, 21 de noviembre de 2019 VISTOS: Los Oficios N°s 329 y 349-2019-PRODUCE/ PNIPA-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura ­ PNIPA;

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