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55 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2019 El Peruano / el Memorando N° 1129-2019-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 354-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la O fi cina de Presupuesto; y, el Informe N° 941-2019-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial N° 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, con Decreto Supremo N° 396-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por la suma de US$ 40 000,000.00 (CUARENTA MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación en Pesca y Acuicultura; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 8692-PE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 005: denominada “Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura” en el Pliego 038: Ministerio de la Producción, que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP, y se señala, entre otros, que tiene como uno de los ejes principales de la intervención, la movilización de recursos concursables para fi nanciar Subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, en los que podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de Subproyectos; Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, entre otros, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; y a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que este administra, con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación; Que, asimismo, la Disposición citada en el considerando precedente, establece que las transferencias fi nancieras y las subvenciones mencionadas a las que se re fi ere dicha disposición, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de la Producción, la cual se publica en el diario o fi cial “El Peruano”, previa suscripción del convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces; Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva 001-2019-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro, entre otras, en la partida del gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, por corresponder a ejecución de gastos de capital; Que, el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, mediante O fi cio Nº 329-2019-PRODUCE/ PNIPA-DE, remite el Informe N° 085-2019-PRODUCE-PNIPA-UPP de su Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, el cual sustenta la necesidad de autorizar la transferencia fi nanciera a favor del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), hasta por la suma de S/ 2 009 895.50 (DOS MILLONES NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 50/100 SOLES), correspondiendo el importe de S/ 1 607 916.40 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS CON 40/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y S/ 401 979.10 (CUATROCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 10/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinados a co fi nanciar los desembolsos para la ejecución de seis (06) subproyectos adjudicados para el fortalecimiento de la red de sanidad pesquera y acuícola, a cargo del SANIPES, señalados en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente resolución, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señalando además que se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar la mencionada transferencia fi nanciera; Que, asimismo, mediante O fi cio Nº 349-2019-PRODUCE/PNIPA-DE, el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, remite el Informe N° 108-2019-PRODUCE-PNIPA-UPP de su Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, el cual sustenta la necesidad de autorizar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores de agricultura, ambiente, educación, producción, y a gobiernos regionales y gobiernos locales, hasta por la suma de S/ 3 920 042.01 (TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL CUARENTA Y DOS CON 01/100 SOLES), correspondiendo el importe de S/ 1 100 659.45 (UN MILLÓN CIEN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 45/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y S/ 2 819 382.56 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 56/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinados a co fi nanciar los desembolsos para la ejecución de cuarenta y cuatro (44) subproyectos adjudicados, señalados en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente resolución, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señalando además que se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar la mencionada transferencia fi nanciera; Que, mediante Memorando N° 1129-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, hace suyo el Informe N° 354-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Ofi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y remite un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/ 5 929 937.51 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON 51/100 SOLES), correspondiendo el monto de S/ 2 708 575.85 (DOS MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 85/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y S/ 3 221 361.66 (TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 66/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinados a efectuar los desembolsos de co fi nanciamiento para la ejecución de cincuenta (50) subproyectos adjudicados, vinculados a los sectores de agricultura, ambiente, educación, producción, y a gobiernos regionales y gobiernos locales, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, Categoría Presupuestal. Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad 5001253. Transferencias de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Partida del Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital; Que, en consecuencia, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza las transferencias