Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de noviembre de 2019 /

El Peruano

financieras señaladas en el considerando precedente, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01 y modificatoria; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, a favor de las entidades públicas vinculadas a los sectores producción, ambiente, agricultura, educación, y a gobiernos regionales y gobiernos locales, señaladas en los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 5 929 937.51 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON 51/100 SOLES), desagregados en S/ 2 708 575.85 (DOS MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 85/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y S/ 3 221 361.66 (TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 66/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a efectuar los desembolsos de cofinanciamiento de cincuenta (50) subproyectos adjudicados, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. La relación de los subproyectos adjudicados, beneficiarios de las transferencias financieras autorizadas, se detallan en los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, Categoría Presupuestal. Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad 5001253. Transferencias de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Entidades del Gobierno Nacional, fuentes de financiamiento: 2. Recursos Directamente Recaudados y 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 de la Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realizan las citadas transferencias financieras, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879,

Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1829496-3

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2019-PRODUCE Lima, 21 de noviembre de 2019 VISTOS: El Memorando N° 1074-2019-PRODUCEOGA de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 1169-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 362-2019-PRODUCE/ OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto; el Informe N° 975-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial N° 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su oficina de presupuesto, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Oficio N° 002242-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República señala que para efectos de implementar lo dispuesto en la Ley N° 27785

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