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56 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2019 / El Peruano fi nancieras señaladas en el considerando precedente, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva 001-2019-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01 y modi fi catoria; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, a favor de las entidades públicas vinculadas a los sectores producción, ambiente, agricultura, educación, y a gobiernos regionales y gobiernos locales, señaladas en los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 5 929 937.51 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON 51/100 SOLES), desagregados en S/ 2 708 575.85 (DOS MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 85/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y S/ 3 221 361.66 (TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 66/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, destinados a efectuar los desembolsos de co fi nanciamiento de cincuenta (50) subproyectos adjudicados, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. La relación de los subproyectos adjudicados, bene fi ciarios de las transferencias fi nancieras autorizadas, se detallan en los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, Categoría Presupuestal. Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad 5001253. Transferencias de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Entidades del Gobierno Nacional, fuentes de fi nanciamiento: 2. Recursos Directamente Recaudados y 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo 1 de la Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se realizan las citadas transferencias fi nancieras, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 5.- Acciones Administrativas La O fi cina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1829496-3 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2019-PRODUCE Lima, 21 de noviembre de 2019VISTOS: El Memorando N° 1074-2019-PRODUCE- OGA de la O fi cina General de Administración; el Memorando N° 1169-2019-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 362-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la O fi cina de Presupuesto; el Informe N° 975-2019-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial N° 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante O fi cio N° 002242-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República señala que para efectos de implementar lo dispuesto en la Ley N° 27785