Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 69
El Peruano / Viernes 22 de noviembre de 2019
NORMAS LEGALES
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Autorizan Transferencia Financiera a favor de diversos núcleos ejecutores de reconstrucción destinada a la ejecución del mejoramiento de viviendas rurales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 385-2019-VIVIENDA Lima, 21 de noviembre del 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 432-2018-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gasto correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por la suma de S/ 4 262 440 905,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento; Que, el numeral 7.10 del artículo 7 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RCC, incorporado por el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1354, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional a implementar intervenciones de reconstrucción y las soluciones de vivienda incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el ámbito urbano y rural, a través de la modalidad de núcleos ejecutores con cargo a recursos del Fondo para Intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturalesFONDES; para tal efecto, las referidas entidades quedan autorizadas para asignar financieramente los recursos a favor de los núcleos ejecutores, para lo cual suscriben los convenios correspondientes; el Plan establece las intervenciones que serán ejecutadas a través de dicha modalidad; Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley Nº 30556, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0032019-PCM y su modificatoria, establece que las Entidades Ejecutoras del Gobierno Nacional pueden implementar intervenciones de reconstrucción y las soluciones de vivienda incluidas en el Plan, mediante la modalidad de Núcleo Ejecutor para Reconstrucción NER, a través de los órganos, programas o proyectos especiales que designen para ello; Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, precisa que para efecto de lo establecido en el párrafo 7.10 del artículo 7 de la Ley Nº 30556, incorporado por Decreto Legislativo Nº 1354, se entiende por asignación financiera a la transferencia financiera que autoriza el titular de la entidad mediante resolución a favor de núcleos ejecutores en el marco de la citada ley; Que, el párrafo 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 037-2019-EF autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 hasta por la suma de S/ 1 030 251 730,00 (MIL TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES) a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del FONDES destinado a financiar la continuidad de intervenciones comprendidas y aprobadas en el Plan en el marco de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas
para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones; de los cuales corresponde al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la suma de S/ 334 408 237,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES); Que, mediante los Informes Nºs. 130 y 133-2019-VIVIENDA-VMVU/PNVR, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Vivienda RuralPNVR, en el marco de lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, solicita gestionar una Transferencia Financiera hasta por la suma total de S/ 3 199 190,94 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y 94/100 SOLES), a favor de 20 Núcleos Ejecutores en el marco de la Reconstrucción con Cambios, para lo cual adjunta copias fedatedas de las adendas suscritas a los Convenios de Cooperación entre el PNVR y los indicados Núcleos Ejecutores y de la Resolución Directoral N° 059-2019-VIVIENDA/VMVU-PNVR modificada por la Resolución Ministerial N° 151-2019-VIVIENDA/VMVUPNVR que aprueba la modificación de 31 expedientes técnicos de mejoramiento de vivienda rural y su financiamiento para la atención de 896 familias; Que, con Memorándum Nº 2629-2019-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 602-2019-VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Administración General; Programa Presupuestal 0111: Apoyo al Hábitat Rural, Producto 3000674: Familias Acceden a Viviendas Mejoradas, Actividad 5005105: Mejoramiento de Viviendas Rurales, Genérica del Gasto 5: Otros Gastos, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 3 199 190,94 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y 94/100 SOLES), a favor de veinte (20) NER destinada a la ejecución del mejoramiento de viviendas rurales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RCC, y sus modificatorias; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo N° 037-2019-EF, que autoriza un Crédito Suplementario a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de Núcleos Ejecutores para Reconstrucción Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Administración General, Programa Presupuestal 0111: Apoyo al Hábitat Rural, Producto 3000674: Familias Acceden a Viviendas Mejoradas, Actividad 5005105: Mejoramiento de Viviendas Rurales, Genérica del Gasto 5: Otros Gastos, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 3 199 190,94 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y 94/100 SOLES), a favor de veinte (20) núcleos ejecutores para reconstrucción, destinada a la ejecución del mejoramiento de viviendas rurales,