Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 22 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Autorizan Transferencia Financiera a favor de diversos núcleos ejecutores de reconstrucción destinada a la ejecución del mejoramiento de viviendas rurales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 385-2019-VIVIENDA Lima, 21 de noviembre del 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento­ MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 432-2018-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gasto correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por la suma de S/ 4 262 440 905,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento; Que, el numeral 7.10 del artículo 7 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC, incorporado por el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1354, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional a implementar intervenciones de reconstrucción y las soluciones de vivienda incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el ámbito urbano y rural, a través de la modalidad de núcleos ejecutores con cargo a recursos del Fondo para Intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales­FONDES; para tal efecto, las referidas entidades quedan autorizadas para asignar financieramente los recursos a favor de los núcleos ejecutores, para lo cual suscriben los convenios correspondientes; el Plan establece las intervenciones que serán ejecutadas a través de dicha modalidad; Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley Nº 30556, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0032019-PCM y su modificatoria, establece que las Entidades Ejecutoras del Gobierno Nacional pueden implementar intervenciones de reconstrucción y las soluciones de vivienda incluidas en el Plan, mediante la modalidad de Núcleo Ejecutor para Reconstrucción ­ NER, a través de los órganos, programas o proyectos especiales que designen para ello; Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, precisa que para efecto de lo establecido en el párrafo 7.10 del artículo 7 de la Ley Nº 30556, incorporado por Decreto Legislativo Nº 1354, se entiende por asignación financiera a la transferencia financiera que autoriza el titular de la entidad mediante resolución a favor de núcleos ejecutores en el marco de la citada ley; Que, el párrafo 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 037-2019-EF autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 hasta por la suma de S/ 1 030 251 730,00 (MIL TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES) a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del FONDES destinado a financiar la continuidad de intervenciones comprendidas y aprobadas en el Plan en el marco de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas

para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones; de los cuales corresponde al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la suma de S/ 334 408 237,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES); Que, mediante los Informes Nºs. 130 y 133-2019-VIVIENDA-VMVU/PNVR, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Vivienda Rural­PNVR, en el marco de lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, solicita gestionar una Transferencia Financiera hasta por la suma total de S/ 3 199 190,94 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y 94/100 SOLES), a favor de 20 Núcleos Ejecutores en el marco de la Reconstrucción con Cambios, para lo cual adjunta copias fedatedas de las adendas suscritas a los Convenios de Cooperación entre el PNVR y los indicados Núcleos Ejecutores y de la Resolución Directoral N° 059-2019-VIVIENDA/VMVU-PNVR modificada por la Resolución Ministerial N° 151-2019-VIVIENDA/VMVUPNVR que aprueba la modificación de 31 expedientes técnicos de mejoramiento de vivienda rural y su financiamiento para la atención de 896 familias; Que, con Memorándum Nº 2629-2019-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 602-2019-VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General; Programa Presupuestal 0111: Apoyo al Hábitat Rural, Producto 3000674: Familias Acceden a Viviendas Mejoradas, Actividad 5005105: Mejoramiento de Viviendas Rurales, Genérica del Gasto 5: Otros Gastos, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 3 199 190,94 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y 94/100 SOLES), a favor de veinte (20) NER destinada a la ejecución del mejoramiento de viviendas rurales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC, y sus modificatorias; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo N° 037-2019-EF, que autoriza un Crédito Suplementario a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de Núcleos Ejecutores para Reconstrucción Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0111: Apoyo al Hábitat Rural, Producto 3000674: Familias Acceden a Viviendas Mejoradas, Actividad 5005105: Mejoramiento de Viviendas Rurales, Genérica del Gasto 5: Otros Gastos, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 3 199 190,94 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y 94/100 SOLES), a favor de veinte (20) núcleos ejecutores para reconstrucción, destinada a la ejecución del mejoramiento de viviendas rurales,

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