Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Que, mediante Memorándum N° 01222-2019-MINEDU/ SG-OGA, la Oficina General de Administración solicita a la Unidad de Planificación y Presupuesto tenga a bien emitir informe con opinión favorable y gestionar la emisión de la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera por la suma de S/ 451 710,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) correspondiente al 50% de la retribución económica, por el periodo a auditar 2019; Que, a través del Informe N° 01153-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Primera Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 30742; asimismo, señala que la citada transferencia se atenderá con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación ­ Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar la Primera Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 451 710,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), a favor de Contraloría General de República, para financiar el pago del 50% de la retribución económica, que incluye el IGV, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el periodo auditado 2019; Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Primera Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación ­ Sede Central, hasta por la suma de S/ 451 710,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la primera transferencia que equivale al 50% de la retribución económica, que incluye el Impuesto General a las Ventas­IGV, por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Contraloría General de la República, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite

a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que corresponden. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1831432-1

ENERGIA Y MINAS
Aceptan renuncia de Viceministra de Electricidad
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 009-2019-EM Lima, 27 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 013-2018-EM, se designó a la señora Patricia Isabel Elliot Blas, en el cargo de Viceministra de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Que, la señora Patricia Isabel Elliot Blas ha formulado renuncia al citado cargo, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Patricia Isabel Elliot Blas, al cargo de Viceministra de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1831447-4

Designan Viceministro de Electricidad
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2019-EM Lima, 27 de noviembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30705, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, donde se determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 10 de la referida Ley establece que la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas está compuesta, entre otros, por el Viceministro de Electricidad, el Viceministro de Hidrocarburos y el Viceministro de Minas; Que, el Viceministro de Electricidad, formula, coordina, ejecuta y supervisa la política de desarrollo sostenible en materia de electricidad, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;

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