Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 28 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
DECRETA: Artículo 1. Objeto

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Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 352-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser financiados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una comisión multisectorial; Que, el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/ 193 000 000,00 (CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, para el financiamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del FONDES; Que, el numeral 46.2 del citado artículo, señala que los recursos a los que se refiere el literal a) del numeral 46.1 se transfieren mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa, a solicitud del Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, mediante los Oficios N°s. 4794, 4927 y 5341-2019-INDECI/4.0, remite un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor de tres (03) Gobiernos Regionales y de veintitrés (23) Gobiernos Locales para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta N° 15 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a un (01) proyecto de inversión y cincuenta y tres (53) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR); Que, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Memorando N° 832-2019-EF/63.04, emite opinión técnica acerca de un (01) proyecto de inversión y cincuenta y tres (53) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR); Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 44 842 616,00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor de tres (03) Gobiernos Regionales y de veintitrés (23) Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta N° 15 de la Comisión Multisectorial del FONDES, señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 46.1 y el numeral 46.2 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 44 842 616,00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor de tres (03) Gobiernos Regionales y de veintitrés (23) Gobiernos Locales, para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta N° 15 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Soles

: Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI ­ Instituto Nacional de Defensa Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5006144 : Atención de actividades de emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS = A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 44 842 616,00 -------------------44 842 616,00 ============ En Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 8 341 626,00 ------------------8 341 626,00 -------------------

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Regional SECCION SEGUNDA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 36 500 990,00 -------------------36 500 990,00 -------------------44 842 616,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobiernos Locales TOTAL EGRESOS

1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 1.1, se encuentran en el Anexo N° 1: "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Regionales" y el Anexo N° 2: "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales", que forman parte integrante de la presente norma, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los

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