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26 NORMAS LEGALES Jueves 28 de noviembre de 2019 / El Peruano Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Gobierno Regional del departamento de Junín DECRETO SUPREMO Nº 351-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 330 000 000,00 (TRESCIENTOS TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2018, disponiéndose que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última; Que, mediante el Informe N° 792-2019-OP-OGPPM/ MINSA, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú; en virtud de lo cual, con el O fi cio N° 3017-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 hasta por la suma de S/ 9 343 418,00 (NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, en el marco de lo dispuesto en el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley N° 30879; De conformidad con lo establecido en el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 9 343 418,00 (NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSACATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalariaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 9 343 418,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 9 343 418,00 =========== A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 450 : Gobierno Regional del Departamento de JunínUNIDAD EJECUTORA 400 : Dirección Regional de Salud JunínCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 6 882 405,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5001189 : Servicios de apoyo al diagnóstico y tratamientoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 461 013,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 9 343 418,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular de los pliegos habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA Ministra de Salud 1831447-2