Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Gobierno Regional del departamento de Junín
DECRETO SUPREMO Nº 351-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 330 000 000,00 (TRESCIENTOS TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2018, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última; Que, mediante el Informe N° 792-2019-OP-OGPPM/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, para financiar la operación y mantenimiento del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú; en virtud de lo cual, con el Oficio N° 3017-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 hasta por la suma de S/ 9 343 418,00 (NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, en el marco de lo dispuesto en el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley N° 30879; De conformidad con lo establecido en el numeral 26.1 del artículo 26 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 9 343 418,00 (NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, para financiar la operación y mantenimiento del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región del Centro del Perú, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 011 001 En Soles : Gobierno Central : Ministerio de Salud : Administración Central MINSA : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias

1 : Recursos Ordinarios 9 343 418,00 -----------------9 343 418,00 =========== En Soles

TOTAL EGRESOS A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO

: Instancias Descentralizadas 450 : Gobierno Regional del Departamento de Junín UNIDAD EJECUTORA 400 : Dirección Regional de Salud Junín CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 6 882 405,00

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001189 : Servicios de apoyo al diagnóstico y tratamiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 2 461 013,00 -----------------9 343 418,00 ===========

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular de los pliegos habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA Ministra de Salud 1831447-2

CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 ACTIVIDAD 5005467

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