Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 28 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del Vicealmirante (r) Humberto Fredy León Rabines Gironda, como representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC. Artículo 2.- Designar al General de Brigada (r) Augusto Aníbal Soto Castagnola, como representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1831446-7

Autorizan viaje de personal policial a la República Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1970-2019-IN Lima, 27 de noviembre de 2019 VISTOS, el Oficio N° 1760-2019-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 002888-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Nota DAJIN N° 11621/19, la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, comunica a la Embajada de la República del Perú que el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Isidro ha decidido declarar procedente la solicitud de extradición del ciudadano peruano Wilfredo Arturo Zurita Carrera, requerida por el Décimo Sexto Juzgado Penal de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud ­ lesiones leves y delito contra la libertad ­ violación sexual, conforme al procedimiento simplificado de entrega establecido en el artículo XIV del Tratado de Extradición suscrito entre la República Argentina y la República del Perú y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, a través del Oficio N° 12222-2019-SDGPNP/ DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE de fecha 12 de noviembre de 2019, la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ Lima comunica la designación del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Faustino Jordán Reyes y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú José Natividad Maraví, como encargados de la ejecución de la extradición del ciudadano peruano Wilfredo Arturo Zurita Carrera; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 402-2019-COMGEN/DIRASINT-DIVABI de fecha 21 de noviembre de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Faustino Jordán Reyes y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú José Natividad Maraví, propuestos por la Oficina Central Nacional INTERPOL

­ Lima, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que ejecuten la extradición antes citada; Que, conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 5849-2019-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE de fecha 27 de noviembre de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú y los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje, son asumidos por el Poder Judicial del Perú, conforme lo precisa el Oficio N° 12222-2019-SDGPNP/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización

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