TEXTO PAGINA: 32
32 NORMAS LEGALES Jueves 28 de noviembre de 2019 / El Peruano Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; considerando que es procedente otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Intersección de la T59A y T59B (L.T. 220 kV S.E. Paramonga Nueva - S.E. Huacho) - Pórtico 1 y 2 de la S.E. Medio Mundo 220/66/20 kV; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modi fi catorias, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de Enel Distribución Perú S.A.A., la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Intersección de la T59A y T59B (L.T. 220 kV S.E. Paramonga Nueva - S.E. Huacho) - Pórtico 1 y 2 de la S.E. Medio Mundo 220/66/20 kV, ubicado en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida / Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)N° de TernaLongitud (m)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) Tramo 1: Intersección T59A - Pórtico 1 de S.E. Medio Mundo Tramo 2: Intersección T59B - Pórtico 2 de S.E. Medio Mundo220 220 02 021 793,97 1 810,7025 25 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 533- 2019 a suscribirse entre Enel Distribución Perú S.A.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 533-2019 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión N° 533-2019, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Enel Distribución Perú S.A.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1829586-1INTERIOR Designan representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo de la SUCAMEC RESOLUCIÓN SUPREMA N° 201-2019-IN Lima, 27 de noviembre de 2019VISTOS; el O fi cio N° 07987-2019-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa; el Proveído N° 27306-2019/IN_SG de la Secretaría General del Ministerio del Interior y el Informe N° 002770-2019/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1213, se crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo antes citado señala que: “El Consejo Directivo es el órgano máximo de la SUCAMEC. Es el órgano responsable de establecer las políticas institucionales y la dirección de la SUCAMEC. Está integrado por cinco (05) miembros designados por Resolución Suprema. El Sector Interior propondrá dos miembros, uno de los cuales será el Superintendente Nacional. También integrarán el Consejo Directivo, un representante del Ministerio de Defensa; un representante del Ministerio de Energía y Minas; y, un representante del Ministerio de la Producción. El Consejo Directivo será presidido por el Superintendente Nacional (…); Que, mediante la Resolución Suprema N° 164-2019- IN, se designa como representantes ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, de acuerdo al siguiente detalle: (i) General PNP (r) Carlos Samuel Tuse Lloclla, representante del Sector Interior, quien lo preside, (ii) Señor Carlos Zoe Vásquez Ganoza, representante del Sector Interior, (iii) Vicealmirante (r) Humberto Fredy León Rabines Gironda, representante del Ministerio de Defensa, (iv) Señor Pedro Manuel Tapia Alvarado, representante del Ministerio de Producción, y (v) Señor Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz, representante del Ministerio de Energía y Minas; Que, con O fi cio N° 07987-2019-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa, propone como su representante ante el Consejo Directivo antes citado al General de Brigada (r) Augusto Aníbal Soto Castagnola; dado que, el Vicealmirante (r) Humberto Fredy León Rabines Gironda, renunció a la designación como representante del Ministerio de Defensa ante dicho consejo directivo; Que, en mérito a lo señalado precedentemente, resulta necesario actualizar la designación del representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo en mención; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1127, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1213, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC; el Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil-SUCAMEC y modi fi catorias; y, la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.