Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2019 (12/09/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 39
El Peruano / Jueves 12 de setiembre de 2019
NORMAS LEGALES
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Artículo 14.- Notificación 14.1 Notificación Electrónica El Certificado Digital de Búsqueda Catastral en el SINABIP es notificado al solicitante a través del buzón electrónico generado vía web, consignándose la fecha y hora del envío como la de su recepción. 14.2. Notificación Presencial El Certificado Digital de Búsqueda Catastral en el SINABIP es notificado al solicitante en la Mesa de Partes de la SBN. 14.3 Es responsabilidad exclusiva del solicitante recabar oportunamente de la mesa de partes de la SBN o descargar del buzón electrónico generado vía web el certificado digital de búsqueda catastral en el SINABIP emitido en atención a su solicitud. 14.4 El procedimiento concluye con la notificación del Certificado Digital de Búsqueda Catastral en el SINABIP al solicitante. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Primera.- Emisión física del Certificado de Búsqueda Catastral Excepcionalmente, y por razones debidamente justificadas, la emisión del Certificado de Búsqueda Catastral en el SINABIP puede realizarse en soporte físico y suscribirse con firma manuscrita. 1806430-7
Disponen la pre publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del proyecto de "Manual de Rendición de Cuentas y Desempeño de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2019-VIVIENDA Lima, 10 de setiembre de 2019 VISTOS; el Informe Nº 213-2019-VIVIENDA/VMCSDGPRCS-DS de fecha 23 de julio de 2019, de la Dirección de Saneamiento; y los Memorándum Nº 762 y 819-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de fechas 23 de julio y 9 de agosto de 2019, ambos de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, dispone que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es el Ente rector en materia de Saneamiento; Que, el Manual de Rendición de Cuentas constituye uno de los instrumentos del Buen Gobierno Corporativo aplicable a las empresas prestadoras municipales, siendo el Ente Rector el que aprueba mediante resolución ministerial el referido Manual, y determina los responsables de la rendición de cuentas, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 160 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA; Que, mediante el Memorándum Nº 762-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y
Saneamiento remite el Informe Nº 213-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, mediante el cual se propone la aprobación del "Manual de Rendición de Cuentas y Desempeño de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", señalando que el mismo, se constituye como un instrumento del Bueno Gobierno Corporativo de las citadas empresas y como una herramienta para que los usuarios de los servicios de saneamiento y demás grupos de interés de la empresa, puedan establecer una opinión informada acerca de la gestión y resultados de las mismas; Que, de acuerdo con los documentos de Vistos y en el marco de lo previsto en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, resulta pertinente disponer la pre publicación del proyecto de "Manual de Rendición de Cuentas y Desempeño de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal"; a fin de permitir que las personas, entidades y organizaciones interesadas formulen los comentarios y/o sugerencias que puedan contribuir con la mejora de la propuesta en mención; Que, por los fundamentos fácticos y legales antes señalados, corresponde disponer la pre publicación en el portal institucional de la Entidad, el proyecto de "Manual de Rendición de Cuentas y Desempeño de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal"; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y modificatorias, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la pre publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), del proyecto de "Manual de Rendición de Cuentas y Desempeño de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal"; a fin de recibir comentarios y/o sugerencias de las personas, entidades y organizaciones interesadas, por un plazo de diez (10) días útiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 2.- Los comentarios y/o sugerencias al proyecto de "Manual de Rendición de Cuentas y Desempeño de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", deben ser remitidos al correo electrónico MRCDsaneamiento@ vivienda.com.pe Artículo 3.- La Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar los comentarios y/o sugerencias que se formulen al referido proyecto normativo, para posteriormente elaborar el texto definitivo correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1806017-1


