Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2019 (12/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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N° Tipo Proyecto o Programa

NORMAS LEGALES
Denominación Recuperación de suelos en áreas degradadas por la minería aurífera aluvial mediante la sucesión de cultivos de cobertura y plantas de uso potencial agroforestal en la región Madre de Dios. Obtención y caracterización de nanocristales de almidón a partir de papas amargas y de tunta, empleando métodos amigables con el ambiente. Exploración Molecular de Biomarcadores de Deterioro Cognitivo Asociado a Terapia Adyuvante por Cáncer de Mama. Utilidad de las muestras de saliva para el diagnóstico de la reactivación y monitoreo de la infección por Citomegalovirus en pacientes de las unidades de trasplante del INSNSB. Síntesis de tiocianatos, nitrilos, epitionitrilos, y otros con potencial anticancerígeno, a partir de los glucosinolatos de mashua (tropaeolum tuberosum), usando bacterias lácticas. Field-based phytohormone phenotyping to select climate resilient cereal varieties. RADEC-rápida adaptación a climas extremos en ovejas peruanas. TOTAL

Jueves 12 de setiembre de 2019 /

El Peruano
Monto Total del desembolso en Soles S/ 38,500.00

Institución

N° de Convenio o Contrato

1

Proyecto

Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana Universidad Nacional Agraria La Molina Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja

141-2017

2

Proyecto

153-2017

64,961.00

3 Transferencias financieras

Proyecto

102-2018

155,671.68

4

Proyecto

107-2018

198,300.00

5

Proyecto

Universidad Nacional Agraria La Molina Universidad Nacional Agraria La Molina Universidad Nacional Mayor de San Marcos

111-2018

99,308.00

6 7

Proyecto Proyecto

221-2018 231-2018

100,000.00 70,886.00 727,626.68

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC,

en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1806426-1 Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", en adelante la Directiva, la cual ha sido modificada mediante Resolución de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P de fecha 21 de mayo de 2019; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveído Nº 043-2019-FONDECYTDE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 46,890.41 (Cuarenta y Seis Mil Ochocientos Noventa y 41/100 Soles), a favor de los ganadores del Esquema Financiero EF-041 denominado

Aprueban otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 162-2019-CONCYTEC-P Lima, 10 de setiembre de 2019 VISTOS: El Informe Técnico-Legal Nº 040-2019-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 043-2019-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica­FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTECOGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley

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