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6 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de agosto de 2020 / El Peruano el año fi scal 2020, la facultad de aceptar donaciones de bienes muebles provenientes del extranjero. Artículo 2.- Disponer que la delegación prevista por la presente resolución es indelegable, y comprende la facultad de decidir y resolver, que incluye la aprobación o denegación, dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidas para cada caso. Artículo 3.- Disponer que el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Educación en quien se ha delegado la facultad indicada en el artículo 1 de la presente resolución ministerial, debe dar cuenta e informar al Despacho Ministerial dentro de los cinco (5) días siguientes de terminado cada trimestre, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de la facultad delegada dentro de dicho período. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1874895-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Director del Centro Juvenil de Medio Cerrado El Tambo - Huancayo del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 086-2020-JUS/PRONACEJ Lima, 4 de agosto de 2020VISTOS, el Informe Nº 071-2020-JUS/PRONACEJ- UGMSI de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación; el Memorándum Nº 193-2020-JUS/PRONACEJ-UA de la Unidad de Administración; el Informe Nº 308-2020-JUS/PRONACEJ-SRH de la Subunidad de Recursos Humanos; el Informe Nº 175-2020-JUS/PRONACEJ-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2019- JUS se crea el Programa Nacional de Centros Juveniles (en adelante PRONACEJ) en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los Centros Juveniles, a nivel nacional; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 039-2020-JUS/PRONACEJ, publicada el 7 de marzo de 2020 en el Diario O fi cial El Peruano, se designó a la señora Patricia Paola Fidel Angulo, en el puesto de confi anza de Director (a) del Centro Juvenil de Medio Cerrado El Tambo - Huancayo; Que, mediante el Informe Nº 308-2020-JUS/ PRONACEJ-SRH, la Subunidad de Recursos Humanos, informó sobre un (1) profesional que cumple con los requisitos básicos del cargo estructural exigido por el Manual de Clasi fi cador de Cargos del PRONACEJ, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0196-2019-JUS, y su modi fi catoria, para desempeñar el cargo de con fi anza de Director del Centro Juvenil de Medio Cerrado El Tambo – Huancayo, conforme a lo requerido por la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación en su Informe Nº 071-2020-JUS/PRONACEJ-UGMSI, adjuntando los documentos correspondientes que lo acreditan;Que, en cuanto a la disponibilidad presupuestal, la Subunidad de Recursos Humanos ha señalado en su referido Informe que “ considerando lo manifestado en los documentos de la referencia e) y f), y lo manifestado por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum Nº 286-2020-JUS/PRONACEJ, en mérito al Memorándum Nº 165-2020-JUS/PRONACEJ, se veri fi ca habilidad presupuestal, por lo que, resulta necesario emitir el acto administrativo designando al señor Ángel Jesús Ladera Tisza como titular del cargo de con fi anza de Director del Centro Juvenil de Medio Cerrado El Tambo Huancayo del Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ”; Que, conforme al Informe Nº 175-2020-JUS/ PRONACEJ-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera viable que la Dirección Ejecutiva emita el acto resolutivo que designe al señor Ángel Jesús Ladera Tisza en el cargo de con fi anza de Director del Centro Juvenil de Medio Cerrado El Tambo – Huancayo; Con las visaciones de la Subunidad de Recursos Humanos, la Unidad de Administración, la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación, y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 0120-2019-JUS, que aprueba el Manual de Operaciones del PRONACEJ, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Dar por concluida la designación de la señora Patricia Paola Fidel Angulo en el cargo de confi anza de Directora del Centro Juvenil de Medio Cerrado El Tambo – Huancayo del Programa Nacional de Centros Juveniles, siendo su último día de labores el 03 de agosto de 2020, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2 .- Designar al señor ÁNGEL JESÚS LADERA TISZA en el cargo de con fi anza de Director del Centro Juvenil de Medio Cerrado El Tambo – Huancayo del Programa Nacional de Centros Juveniles, con efectividad a partir del 04 de agosto de 2020. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA LUISA SILVA PEREDO Directora EjecutivaPrograma Nacional de Centro Juveniles 1875321-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aceptan renuncia de Director II de la Oficina de Defensa Nacional de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 149-2020-MIMP Lima, 3 de agosto de 2020CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 002-2020- MIMP se designó al señor JOSÉ LUIS CHURANGO VALDEZ en el cargo de Director II de la O fi cina de Defensa Nacional de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar;