TEXTO PAGINA: 8
8 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de agosto de 2020 / El Peruano Designan Asesora II de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 073-2020-FONDEPES/J Lima, 4 de agosto de 2020VISTO: El Memorando N° 542-2020-FONDEPES/ OGA de la O fi cina General de Administración, el Informe N° 073-2020-FONDEPES/OGA/ARH del Coordinador (e) de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración y la Nota N° 147-2020-FONDEPES/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (en adelante, FONDEPES) es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público, creado mediante Decreto Supremo N° 010-92-PE y elevado a rango de Ley a través del artículo 57 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; Que, mediante Resolución Jefatural N° 060-2020-FONDEPES/J se modi fi có el Clasi fi cador de Cargos del FONDEPES aprobado mediante Resolución Jefatural N° 209-2012-FONDEPES/J, estableciéndose en el mismo que el cargo de Asesor II de la Jefatura es de confi anza; Asimismo, mediante Resolución de Gerencia General N° 031-2020-FONDEPES/GG se aprobó el Reordenamiento de Cargos del Cuadro para la Asignación del Personal Provisional de FONDEPES, estableciéndose en el mismo que el cargo de Asesor II de la Jefatura es de con fi anza; Que, mediante Informe N° 073-2020-FONDEPES/ OGA/ARH, adjunto al Memorando N° 542-2020-FONDEPES/OGA de la O fi cina General de Administración, el Coordinador (e) de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración señala que la señora María Teresa Ramírez–Otárola Sarmiento cumple con los requisitos mínimos del per fi l del cargo de con fi anza de Asesor II de la Jefatura, conforme a los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos del FONDEPES; Que, mediante Nota N° 147-2020-FONDEPES/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable respecto de la designación de la señora María Teresa Ramírez - Otárola Sarmiento en el cargo de Asesora II de la Jefatura; De conformidad con la Ley N° 27594, «Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos», así como en el ejercicio de las facultades previstas en el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Coordinador (e) de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, a partir de la publicación de la presente Resolución Jefatural, a la señora María Teresa Ramírez - Otárola Sarmiento en el cargo de Asesora II de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional de la Entidad y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALVARO RICARDO REINOSO ROSAS JefeFondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES 1875295-1VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan transferencia financiera a favor de empresas prestadoras de servicios de saneamiento destinada al financiamiento de la supervisión de diversos proyectos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 182-2020-VIVIENDA Lima, 3 de agosto de 2020CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establece que el citado Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2019-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 644 134 207,00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de diversos Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión e Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) en materia de vías urbanas, planeamiento urbano y rural y conservación y ampliación de las áreas verdes y ornato público y saneamiento urbano y rural; siendo que el detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada se encuentra en su Anexo 2: “Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de inversiones”; Que, el numeral 5 del artículo 42 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, establece que las empresas prestadoras tienen, entre otras funciones, aprobar y supervisar los proyectos a ser ejecutados por terceros dentro de su ámbito de responsabilidad; Que, el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, autoriza de manera excepcional en el presente año fi scal la realización de Transferencias Financieras, entre otros, del MVCS para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS); las mismas que según el numeral 17.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario o fi cial; disponiendo en el numeral 17.3 que la entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v. del literal ñ) del numeral