Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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24 NORMAS LEGALES Domingo 9 de agosto de 2020 / El Peruano consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las áreas del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse las áreas del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO 1 VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “TRAMO N° 5 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEANICO SUR, PERU – BRASIL (ILO-PUNO-JULIACA, MATARANI-JULIACA-AZANGARO)” N°Sujeto activo / Bene ficiarioSujeto pasivoIdenti ficación del inmuebleValor Total de las tasaciones (S/) 1Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes PROVIAS NACIONAL- GIOVANNA QUINTO PINEDA- FREDY MARTIN QUINTO PINEDA- MARLENY BENITES LUQUECODIGO: YAN-057Área afectada: 763.28 M2.AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 9,163.17Linderos y medidas perimétricas del área afectada: • Por el Norte: CON PROPIEDAD DE QUINTO PINEDA, GIOVANNA, QUINTO PINEDA FREDY, BENITES LUQUE, MARLENY (m): 18.95.• Por el Sur: CON PROPIEDAD DE QUINTO PINEDA, GIOVANNA, QUINTO PINEDA FREDY, BENITES LUQUE, MARLENY (m): 19.27.• Por el Este: CON PROPIEDAD DE FELIPA MARLENE PINEDA ORTIZ (m): 44.23.• Por el Oeste: CON PROPIEDAD ANGELICA JUANA PINEDA ORTIZ (m): 45.15.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice LadoDistancia (ml)WGS 84 Este(X) Norte(Y) A A-B 44.23 388336.6416 8251986.8946B B-C 1.34 388356.0572 8251947.1569 C C-D 1.45 388355.2353 8251946.0936 D D-E 1.44 388354.3544 8251944.9455 E E-F 1.44 388353.4795 8251943.7959 F F-G 1.44 388352.6107 8251942.6446 G G-H 0.72 388351.7484 8251941.4914 H H-I 1.44 388351.3197 8251940.9141 I I-J 1.43 388350.4676 8251939.7578 J J-K 1.43 388349.6226 8251938.5993 K K-L 1.43 388348.785 8251937.4383 L L-M 1.43 388347.955 8251936.2748 Partida Electrónica: 05050411 de la O ficina Registral de Puno, Zona Registral N° XIII- Sede Tacna Certificado de Búsqueda Catastral: Emitidos con fecha 07.06.2019 (Informe técnico N° 7267-2019-SUNARP-Z.R.N.XIII-UREG/C expedido por la O ficina de Catastro de la O ficina Registral Puno. Certificado Registral Inmobiliario emitido con fecha 25.07.2019 por la Oficina Registral de Puno, Zona Registral N° XIII- Sede Tacna.M M-N 1.42 388347.133 8251935.1086 N N-O 1.42 388346.3192 8251933.9396 O O-P 1.44 388345.5139 8251932.7676 P P-Q 45.15 388344.7052 8251931.5746 Q Q-R 1.95 388324.7782 8251972.0945 R R-S 1.57 388325.9808 8251973.6350 S S-T 1.57 388326.9542 8251974.8730 T T-U 1.56 388327.927 8251976.1029 U U-V 1.55 388328.8987 8251977.3248 V V-W 1.55 388329.8692 8251978.5391 W W-X 1.54 388330.838 8251979.7460 X X-Y 1.53 388331.8049 8251980.9457 Y Y-Z 1.53 388332.7697 8251982.1384 Z Z-A1 1.52 388333.7319 8251983.3244 A1 A1-B1 1.51 388334.6913 8251984.5040 B1 B1-A 1.57 388335.6477 8251985.6772