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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (02/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 115

115 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de diciembre de 2020 El Peruano / al 14 de noviembre de la propuesta de Planeamiento Integral del Sr. Pantoja Patricio Hugo Mardonio; Que, mediante O fi cio N° 357-2019-SG-MDM, de fecha 02 de diciembre de 2019, la Municipalidad Distrital de Mala, remite la constancia de publicación y difusión del Planeamiento Integral del predio ubicado en Salitre y Bujama, Valle de Mala de la jurisdicción del Distrito de Mala, provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° P1764880; Que, a fojas 62 a 125 del expediente N° 8869-2019, obra los cargos de noti fi caciones realizadas mediante Ofi cio N° 05-2019-CIRC-GODUR-MPC, sobre invitación a participar en la exposición técnica del contenido del Planeamiento Integral, del Sr. Pantoja Patricio Hugo M.; Que, mediante O fi cio N° 027-2019-GDU-MDM, de fecha 16 de diciembre del 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Mala, remite el informe N° 819-2019-SGOP-GDU/MDM de la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Distrital de Mala, sobre el Planeamiento Integral propuesto por el Sr. Hugo Mardonio Pantoja Patricio, del predio ubicado en Salitre y Bujama UC. 02975, inscrito en la partida N° 17064880; donde se recomienda comunicar y noti fi car a la Municipalidad Provincial de Cañete, para que según lo establecido en el artículo 38° del D.S. 022-2016-VIVIENDA, se continúe con el procedimiento administrativo el cual deberá ser remitido al Concejo Provincial para que apruebe el Planeamiento integral propuesto mediante Ordenanza Municipal Provincial; Que, mediante Carta N° 925-2019-GDU/MDM, de fecha 30 de diciembre de 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Mala, comunica que la audiencia pública se realizó el 27 de diciembre de 2019; asimismo, adjunta copia de Memoria Sustentatoria, Planos (U-01, P-02, SV-01, PZ-03, US-04) y padrón de asistentes a la exposición técnica de la Aprobación de la propuesta de Planeamiento Integral del predio ubicado en Salitre y Bujama UC. 02975, del distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con una extensión de 50,868.24 m2, inscrito en la Partida N° 17064880; Que a fojas 274 a 277 del expediente N° 8869-2019, obra el Acta Notarial N° 79, de fecha 27 de diciembre de 2019, que emite el Abogado Hugo M. Salas Zúñiga, Notario Público de Cañete, sobre la realización de la audiencia pública de exposición de Planeamiento Integral, señalando que se contó con la presencia de los vecinos de los predios colindantes con un aproximado de 33 asistentes, indicando que no se formuló ninguna oposición, ni observación, quedando expresamente aprobado por la población; Que, mediante O fi cio N° 029-2019-GDU/MDM, de fecha 31 de diciembre de 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Mala, remite la opinión técnica sobre la propuesta de Aprobación de Asignación de Zoni fi cación y Anexión al Área Urbana del predio ubicado en Salitre y Bujama UC. 02975, inscrito en la partida N° 17064880, Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima; en la cual adjunta el informe N° 896-2019-SGOP/GDU/MDM, remitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Distrital de Mala, en la que re fi ere opinión favorable al Planeamiento Integral propuesto por el Sr. Hugo Mardonio Pantoja Patricio; Que, mediante Informe N° 021-DYCH-SGOP-2020, de fecha 13 de enero del 2020, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete, concluye que técnicamente es procedente la solicitud de Planeamiento Integral solicitado, del terreno de uso agrícola U.U.T a uso RDM Residencial de Densidad Media; Que, mediante Informe N° 068-2020-MFPR-GODUR- MPC, de fecha 21 de enero de 2020, la GODUR-MPC, señala que luego de revisado el Informe N° 021-DYCH- SGOP-2020, la Sub Gerencia de Obras Privadas, referente a la propuesta de Planeamiento Integral del bien inmueble inscrito en la Partida Electrónica P17064880 del predio denominado Salitre y Bujama, distrito de Mala, Provincia de Cañete, departamento de Lima, formulada por su propietario Sr. Pantoja Patricio Hugo Mardonio, identi fi cado con DNI N° 15762692, con un área de 5.0868 Ha.; en la que señala que se ha cumplido con los requisitos y procedimientos señalados en la normativa numeral 4 del artículo 55 del reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, aprobado por el Decreto Supremo 022-2016-VIVIENDA, señala que técnicamente es procedente la solicitud de planeamiento integral indicando solamente la veri fi cación de la titularidad del predio ante el área de Asesoría Jurídica. Por lo que resulta factible que se eleve al Pleno del Concejo la propuesta de Planeamiento Integral (Anexión del Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación). Asimismo, con Informe N° 139-2020-FIAG-GODUR-MPC, de fecha 10 de febrero de 2020, la GODUR-MPC realiza el levantamiento de observaciones, indicando que mediante escrito de fecha 06-02-2020, el administrado ha adjuntado copia literal de su predio P17064880 del distrito de Mala; y que respecto al Informe N° 068-2020-MPFR-GODUR-MPC rati fi ca dando la CONFORMIDAD TÉCNICA de la propuesta de Planeamiento Integral solicitado por el administrado; Que, mediante Informe Legal N° 228-2020-GAJ-MPC, de fecha 13 de marzo de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, sobre la propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación, señala en sus conclusiones que es factible elevar al Pleno del Concejo para deliberar y determinar la aprobación de la propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación, para el predio de propiedad del Sr. Hugo Mardonio Pantoja Patricio, ubicado en Salitre y Bujama, Valle de Mala, que cuenta con un área de 5.0868 Ha, inscrito en la partida electrónica N° P17064880 de la o fi cina registral de Cañete, jurisdicción del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento Lima, tomando en consideración los detalles descritos en los Informes N° 0068-2020-MFPR-GODUR-MPC e Informe Nº 139-2020-FIAG-GODUR-MPC; que, se remita previamente, los actuados a la Comisión de Obras de esta Institución Municipal, para que emita el dictamen correspondiente, luego de ello se remita al Pleno del Concejo para su deliberación y determinación; y que, es preciso señalar que el Planeamiento Integral tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el artículo 62 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA; Que mediante Informe N° 042-JVAH-SGOP-2020, de fecha 12 de agosto de 2020, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete, señala que se rati fi ca en los actuados y que el procedimiento se ha desarrollado conforme a los siguiente: ubicación del Predio sector Salitre y Bujama, UC. 02975, Valle de Mala, jurisdicción del distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la partida P17064880, que tiene un área de 5.0868 Ha., respecto al uso del suelo se rati fi ca y corresponde al uso agrícola (UA) de conformidad con el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 006-95-MPC, modi fi cado por la Ordenanza Municipal N° 026-2002-MPC; respecto a la zoni fi cación propuesta por el administrado le corresponde a Residencial de Densidad Media RDM, cuyos parámetros normativos son los que se indican: CUADRO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS –RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA R-3USODENSIDAD NETALOTE MÍNIMO EN (M) FRENTE MÍNIMO EN (M)ÁREA LIBRE EN (%)ALTURA DE EDIFICACIÓNESTACIONAMIENTO MÍNIMO UNIFAMILIAR 250-250 HAB/HA 90-240 6 30 3 PISOS NO EXIGIBLE BIFAMILIAR 250-500 HAB/HA 160-200 8.00-10.00 30 3 PISOS 1 ESTAC./C/2 VIVIENDAS MULTIFAMILIAR 600 HAB/HA 240-300 6.00-8.00 30-353-4 PISOS 4-5 PISOS1 ESTAC./C/2 VIVIENDAS CONJUNTO RESIDENCIAL601 HAB/HA 1600 20.00 50 6 PISOS 1 ESTAC./C/2 VIVIENDAS