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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (02/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de diciembre de 2020 / El Peruano FP: Funcionario público EC: Empleado de Con fi anza SP-DS: Director Superior SP-EJ: Ejecutivo SP-ES: Especialista SP-AP: Apoyo Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Salud de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme al artículo 42º de la Ley Nº 27867, concordante con el Decreto Supremo Nº001-2009-JUS. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ayacucho para su respectiva promulgación. En la ciudad de Ayacucho, sede del Consejo Regional de Ayacucho a los 30 días del mes de octubre del año dos mil veinte. HEISER ALEJANDRO ANAYA ORIUNDO PresidenteConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 11 días del mes de noviembre del año dos mil veinte. CARLOS ALBERTO RUA CARBAJAL Gobernador 1907683-2 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 141-2020-GRA/CR Ayacucho, 13 de octubre de 2020EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de octubre de 2020, trató y deliberó el Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional (en adelante CPPATyGI), sobre la autorización al Gobernador Regional para efectuar la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República (en adelante CGR) de una partida presupuestal de S/ 313, 755.00 (Trescientos trece mil, setecientos cincuenta y cinco; con 00/100 soles) destinado a fi nanciar la contratación de las sociedades de auditoría para el control posterior externo a los estados fi nancieros del Gobierno Regional del período de gestión 2019; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley N° 28607, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control (en adelante SNC) y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias; las sociedades de auditoría son las personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, y son designadas previo concurso público de méritos y contratadas por la CGR para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Que, asimismo se señala en el artículo referido precedentemente que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la CGR, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría (en adelante SOA), previa solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, el presente procedimiento administrativo es promovido por Contralor General de la República Sr. Nelson Shack Yalta mediante O fi cio N° 002246- 2019-CG/DC de fecha 30-OCT.-2019, solicitando la transferencia fi nanciera por la suma de S/ 313 755.00 para la contratación de una o varias SOA’s, encargadas de ejecutar el control posterior externo respecto a los estados fi nancieros del pliego presupuestario 444 – Gobierno Regional de Ayacucho, correspondiente al ejercicio fi scal 2019; y para cuyo efecto invoca la vigencia de la Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG del 22 de octubre del 2019 por el que se aprueba el Tarifario en el que se fi ja por entidad pública el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las SOA’s, a ser consignados a favor de la CGR; Que, por disposición del numeral 39.2 del artículo 39° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28441, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el D.S. N° 304-2012-EF, precisa que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional, asimismo con el numeral 17.2 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2020, las transferencias fi nancieras que efectúen los Gobiernos Regionales se aprueban mediante Acuerdo del Consejo Regional, previa opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y dicho Acuerdo se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el presente procedimiento administrativo para proceder con la aprobación de la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República por la suma de S/ 313 755.00, cuenta con la opinión técnico-presupuestario favorable emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante O fi cio N° 788-2020-GRA/GR-GG- GRPPAT de fecha 13.AGO.2020 suscrito por el Gerente Regional CPCC Wilian Vilches Cisneros; Que, asimismo el procedimiento administrativo iniciado cuenta con la Opinión Legal N° 56-2020-GRA/GG-ORAJ de fecha 13.AGO.-2020 suscrito por el Director Regional de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho Mg. Juan E. Janampa Janampa, por el que declara “Autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la CGR por la suma de S/ 313 755.00 en la fuente de fi nanciamiento RO (recursos ordinarios), especí fi ca de gasto 23.27.13.9 (servicio de auditorías)”; Que, en concordancia con lo señalado en el numeral 17.3 del artículo 17° del D.U. N° 014-2019 de “Aprobación del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2020” que precisa que la entidad pública que trans fi ere recursos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; por lo que se hace necesario suscribir entre las partes un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con participación del Jefe de la O fi cina de Control Institucional (OCI) del Gobierno Regional de Ayacucho; luego de la sustentación