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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (18/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 115

115 NORMAS LEGALES Viernes 18 de diciembre de 2020 El Peruano / Que, mediante el referido Decreto Supremo el gobierno reconoce el esforzado y trascendental rol de los dirigentes de la sociedad civil en la implementación y ejecución de las políticas públicas destinadas a atender las necesidades básicas de los sectores menos favorecidos de la población; Que, el artículo 116º de la Ordenanza Nº 417-2019-MDSJM, que aprueba la modi fi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores establece que la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social es un órgano de línea de la Municipalidad encargado de plani fi car, organizar, dirigir, controlar, supervisar y evaluar las actividades de promoción del desarrollo de la Mujer y social del distrito, incluyendo la equidad de género e igualdad de oportunidades. Dirige las acciones relacionadas con la gestión de programas sociales y de complementación alimentaria, el fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana y vecinal, la promoción de la educación, cultura, deporte, juventudes y salud pública, orientadas a mejorar la calidad de vida de la población en especial la más vulnerable y en situación de riesgo, transversalizando el enfoque de género en la políticas y planes de gestión; Que, mediante Informe Nº 108-2020-GMDS/ MDSJM de fecha 03 de diciembre del 2020, la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social propone que, mediante Decreto de Alcaldía, se decrete el 07 de diciembre como el “DÍA DE LA DIRIGENTA Y EL DIRIGENTE DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES” con el fin de ejecutar acciones para el reconocimiento a las dirigentas y los dirigentes de las diferentes organizaciones sociales del distrito de San Juan De Miraflores; Que, la propuesta que tiene como objetivos especí fi cos: i) Reconocer el trabajo que a diario y de manera voluntaria realizan cientos de hombres y mujeres en bene fi cio de su comunidad, dirigentes en el distrito de San Juan de Mira fl ores, y; b) Facilitar instancias de diálogo con las dirigentes y los dirigentes vinculados a cada zona del distrito de San Juan de Mira fl ores, para contribuir a la labor de las organizaciones sociales Que, mediante Informe Nº 483-2020-GAJ/MDSJM de fecha 03 de diciembre del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal FAVORABLE para que, mediante Decreto de Alcaldía, se decrete el 07 de diciembre como el “DÍA DE LA DIRIGENTA Y EL DIRIGENTE DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES”. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del Artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- DECRETAR el 7 de diciembre de cada año como el “Día de la dirigenta y el dirigente en la Jurisdicción del distrito de San Juan de Mira fl ores”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, el cumplimiento de lo establecido, a fi n de ejecutar actos conmemorativos que involucren a las autoridades públicas, privadas y sociedad civil. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional el mismo día de la publicación del citado Decreto en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático la publicación de la presente resolución en el portal web institucional (www.munisjm.gob.pe) en la misma fecha de la publicación o fi cial. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARÍA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1912478-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ratifican el Plan Provincial de Seguridad Ciudadana y el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2019 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, mediante Ofi cio N° 01029-2020-A/MPMN, recibido el 17 de diciembre de 2020) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2019-MPMN Moquegua, 17 de abril de 2019 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”: VISTO, en Sesión Ordinaria del 15-04-2019, el Dictamen Nº 001-2019-COAPP/MPMN de Registro Nº 1914194 de fecha 11-04-2019, sobre Rati fi cación del “Plan Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana 2019” de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalices, en su artículo 41º, señala: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referida a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal e institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), norma que tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional, como también desarrolla un concepto sistemático e integral de la Seguridad Ciudadana, concibiéndola como la acción que desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía, destinada a lograr la convivencia pací fi ca, la erradicación de la violencia, libre utilización de las vías y espacios públicos y contribuir a la prevención de delitos y faltas, con el apoyo de la comunidad organizada; Que, el literal e) del Artículo 43º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la Seguridad Ciudadana es competencia compartida de las municipalidades. Asimismo, el Artículo 85 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que los Gobiernos Locales tienen competencia en materia de Seguridad Ciudadana, respectivamente; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana – SINASEC y el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana – CONASEC, reglamentada por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, normando en sus artículos pertinentes la organización y funcionamiento de los Comités de Seguridad Ciudadana en las corporaciones municipalidades del país, cuyas competencias sobre seguridad ciudadana están establecidas en el artículo 85º numeral 3.1 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Acta del Plan Provincial de Seguridad Ciudadana – 2019, de fecha 11 de enero del 2019, el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana – COPROSEC, aprobó por unanimidad el Plan Provincial de Seguridad Ciudadana 2019; Que, mediante Acta de Aprobación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana – 2019, de fecha 11 de enero del 2019, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana –