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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (18/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Viernes 18 de diciembre de 2020 / El Peruano Artículo 9.- Promoción de la formalización de los actores de la cadena de valor del plástico e impulso a la integración de la actividad de los recicladores en la gestión y manejo de los residuos sólidos. La Municipalidad Distrital de Cieneguilla incorpora dentro de los programas de segregación en la fuente, acciones estratégicas orientadas a la recuperación de los plásticos en general, debiendo contar para ellos con la participación de los recicladores y las recicladoras y fomentar la participación ciudadana ambiental. Del mismo modo podrán fi rmar convenios de colaboración con empresas privadas para promover la valorización de los residuos antes mencionados. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: Primera.- Facultar al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Encargar a la gerencia municipal, subgerencia de medio ambiente y demás áreas, el cumplimiento de lo dispuesto en el título II en la presente ordenanza. Tercero.- Encargar el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de servicios a la ciudad y medio ambiente, y a la Sub Gerencia de Medio Ambiente. Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDWIN SUBILETI ARECHE Alcalde 1912927-1 Ordenanza que prorroga para el Ejercicio 2021 la vigencia de la Ordenanza 305-2019-MDC que establece el monto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución de la Declaración Jurada, liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio Fiscal 2020 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 323-2020/MDC Cieneguilla, 26 de noviembre del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA; VISTO:El Informe Nº 062-2020-MDC/GATYR-MDC, de fecha 20 de noviembre del 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y el Informe Nº 131-2020-MDC/GAJ, de fecha 23 de noviembre del 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la propuesta de Ordenanza de Prórroga para el Ejercicio 2021 de la Ordenanza 305-2019-MDC que establece el monto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución de la declaración Jurada, Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio fi scal 2020. CONSIDERANDO:Que, el Artículo 74ª de la Constitución del Perú reconoce a los gobiernos locales la potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas (arbitrios, licencias y derechos municipales), dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, en los gobiernos locales, el Concejo Municipal cumple funciones normativas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194ª de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 40ª de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normativas de carácter general de mayor jerarquía en la normativa municipal; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nª156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el derecho de emisión mecanizada de actualizaciones de valores, determinación de impuesto y recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas; Que, la Séptima Disposición Final de la Ordenanza Nº 2085-MML, que sustituye la Ordenanza Nª1533-MML y modi fi catorias, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, disponer que las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser rati fi cados anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en la condiciones que originaron la ratifi cación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación de acuerdo de Concejo rati fi catorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre transcurrido dicho periodo, la municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de rati fi cación respectivo, conforme el plazo previsto para tal efecto; Que, mediante Informe Nº 062-2020-MDC/GATYR- MDC, de fecha 20 de noviembre del 2020, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, teniendo en cuenta que no existen variaciones sustanciales en los costos y en las condiciones para poder facilitar a los contribuyentes la emisión mecanizada de tributos municipales, recomienda que se prorrogue la vigencia de la Ordenanza 305-2019-MDC que establece el monto de derecho de emisión mecanizada de actualizaciones de valores, determinación y distribución de Declaración Jurada, Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio fi scal 2020. Que, con Informe Nº 131-2020-MDC/GAJ, de fecha 23 de noviembre del 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de ordenanzas que prorroga la ordenanza, se encuentra acorde con la normativa vigente, por lo que resulta VIABLE su aprobación mediante sesión de concejo. Estando a los considerandos precedentes y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2021 LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA 305-2019-MDC QUE ESTABLECE EL MONTO DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA, LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020. Artículo Primero.- Prorrogar para el ejercicio 2021 la videncia de la Ordenanza 305-2019-MDC, que establece el monto de derecho de emisión mecanizada de actualizaciones de valores, determinación y distribución de la Declaración Jurada, liquidación de Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio fi scal 2020 y fi ja en S/3.67 (tres soles y 67/1000 soles )el monto anual que deberá abonar los contribuyentes por el derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Los contribuyentes deberán abonar adicionalmente la