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41 NORMAS LEGALES Martes 29 de diciembre de 2020 El Peruano / Ratifican el “ Acuerdo que Establece la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográficas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador” DECRETO SUPREMO N° 056-2020-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el “Acuerdo que Establece la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador” fue suscrito el 20 de octubre de 2017, en la ciudad de Trujillo, República del Perú, y fue aprobado por la Resolución Legislativa N° 31058 del 22 de octubre de 2020; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que es conforme con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifíquese el “Acuerdo que Establece la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográ fi cas Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador”, suscrito el 20 de octubre de 2017, en la ciudad de Trujillo, República del Perú, y aprobado por la Resolución Legislativa N° 31058 del 22 de octubre de 2020. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veinte. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ELIZABETH ASTETE RODRIGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1915613-18 Dan por terminadas las funciones de Cónsul General del Perú en Leticia, República de Colombia y Cónsul del Perú en Tabatinga, República Federativa del Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 165-2020-RE Lima, 28 de diciembre de 2020VISTAS: La Resolución Suprema N° 075-2019-RE, del 26 de abril de 2019, que nombró al Consejero en el Servicio Diplomático de la República Miguel Eduardo Guzmán Guzmán, Cónsul General del Perú en Leticia, República de Colombia; La Resolución Suprema N° 116-2019-RE, del 10 de julio de 2019, que nombró al citado funcionario diplomático como Cónsul del Perú en Tabatinga, República Federativa del Brasil, con sede en Leticia, República de Colombia;CONSIDERANDO: De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N° 076-2005-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Miguel Eduardo Guzmán Guzmán, como Cónsul General del Perú en Leticia, República de Colombia. Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Miguel Eduardo Guzmán Guzmán, como Cónsul del Perú en Tabatinga, República Federativa del Brasil, con sede en Leticia, República de Colombia. Artículo 3.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes, a partir de la fecha de término de funciones que será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1915613-21 Definen categoría de la Oficina Consular del Perú en Ramla como Consulado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 166-2020-RE Lima, 28 de diciembre de 2020VISTO:El Decreto Supremo Nº 043-2020-RE, mediante el cual se dispone el establecimiento de la O fi cina Consular del Perú en Ramla, Estado de Israel y establece su circunscripción; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 043-2020-RE, de fi ne la sede y la circunscripción consular de la O fi cina Consular del Perú en Ramla, Estado de Israel, por lo cual es necesario de fi nir su categoría; Que, las oficinas consulares tienen las categorías siguientes: Consulado General, Consulado, Viceconsulado, Sección Consular y Agencia Consular; Con el consentimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel, expresadas a través de la Nota N° 100/2019; y, la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares de la República del Perú; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, el artículo 38 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE;