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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 296

296 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 / El Peruano o administrativo, reservado a las municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 69º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 156-2004- EF, señala que: “Las tasas por servicios públicos o arbitrios se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fi scal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio a prestar, precisando que la determinación de dichas obligaciones deberán sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el bene fi cio individual prestado de manera real y/o potencial. Asimismo, indica que, para la distribución entre los contribuyentes de una municipalidad, del costo de las tasas por servicios públicos o arbitrios, se deberá utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución: el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente; Que, en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 69 – B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante D. S. Nº 156-2004-EF y el de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2019/CM-MPH-M, “Ordenanza que Aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el Ámbito de la Provincia de Huarochirí”, señalando en su Artículo 8º que: “Las Municipalidades Distritales podrán solicitar la Rati fi cación de la Ordenanza que actualice los Arbitrios Municipales del ejercicio precedente en función al IPC”; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 161-2020- INEI, aprobó el Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel Nacional correspondiente al mes de Agosto 2020 estableciendo la variación porcentual acumulada en 1.73%, por lo que corresponde ajustar a dicho porcentaje, los montos de las tasas de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Serenazgo, aprobadas mediante Ordenanza Nº 027-2019-CM/MPH-M, las cuales serán de aplicación para el Ejercicio 2021; Que, mediante Ordenanza Nº 027-2019-CM/MPH-M, “Ordenanza que Aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en El Distrito de Matucana- Provincia de Huarochirí, para el Periodo 2020”, la misma que fue rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 197-2019-CM/MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, norma que fuera publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 31 de Diciembre de 2019; Que, de la revisión del contenido de la Ordenanza y su Informe Técnico, se determina que las mismas cumplen con los requisitos legales exigidos para su validez, conforme a los dispositivos legales precitados así como los criterios mínimos de distribución del costo global entre los contribuyentes, en concordancia con lo establecido por el Tribunal Constitucional; Que, tal como lo señalan el Memorando Nº 044-2020-GSCYGR-MPH-M de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgos, área encargada velar por la Seguridad Ciudadana, los costos que fueran aprobados por la Ordenanza Nº 027-2019-20-CM/MPH-M, resultan adecuados para la atención de los servicios públicos para el período 2021; Que, tal como lo señalan el Informe Nº 184-2020-GDS- MPH-M de la Gerencia de Desarrollo Social, área prestadora y supervisora de los servicios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Mantenimiento de Parques y Jardines, los costos que fueran aprobados por la Ordenanza Nº 027-2019-20CM/MPH-M, resultan adecuados para la atención de los servicios públicos para el período 2021; Que, la información proporcionada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorándum Nº 168-2020-GPP-MPH-M, la ejecución presupuestal generada por la prestación de los servicios públicos antes mencionados, correspondientes al ejercicio fi scal 2020, la ejecución presupuestal del gasto alcanza un 69.35.89%, es decir que la prestación de servicios públicos, ha demandado una inversión de S/. 1, 307,171.21 soles, en relación al costo total aprobado de Los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el Distrito De Matucana- Provincia De Huarochirí Para el Periodo 2020 mediante Ordenanza Nº 027-2019-CM/MPH-M; Que, de la información proporcionada por la Sub Gerencia de Recursos Humanos, con Informe Nº 245-2020-SGRH-MPH-M, remite información del personal que labora en las áreas prestadoras de servicios de Limpieza Publica (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parque y Jardines y Serenazgo. Que, la Sub Gerencia de Patrimonio y Logística, con Informe Nº 906-2020-SGPL-MPH-M, remite información respecto a los compromisos de las órdenes y servicios de las áreas prestadoras de servicios de Limpieza Publica (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parque y Jardines y Serenazgo. Que, mediante Informe Nº 107-2020-GAT-MPH-M, de fecha 23/09/2020, la Gerencia de Administración Tributaria remite el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el Distrito de Matucana – Provincia de Huarochirí para el periodo 2021, mediante la rati fi cación por IPC; Que, mediante Informe Nº340-2020/GAJ-MPH-M, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión técnico legal favorable, del proyecto de Ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito de Matucana - Provincia de Huarochirí para el período 2021, presentado por la Gerencia de Administración Tributaria, a fi n de que sea puesto a consideración de la Comisión de Revisión y Evaluación de Asuntos Tributarios- CREAT, y de considerarlo se remitan los actuados a la Secretaría General a fi n de que sea derivado al Concejo Municipal. En uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, con dispensa de aprobación del acta, con el Voto por UNANIMIDAD del Concejo Municipal aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO EN EL DISTRITO DE MATUCANA – PROVINCIA DE HUAROCHIRÍ PARA EL PERIODO 2021 Artículo Primero.- MARCO LEGAL Y ÁMBITO DE APLICACIÓN El marco legal aplicable al régimen tributario de los arbitrios municipales del período 2021 corresponde a la Ordenanza Nº 027-2019-CM-MPH-M, rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 197-2019-CM/MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, Ordenanza que Aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el Distrito de Matucana – Provincia de Huarochirí para el periodo 2020. Artículo Segundo.- DETERMINACIÓN DE TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES Reajústese los montos de las tasas y costos aprobados mediante Ordenanza Nº 027-2019-CM-MPH-M, rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 197-2019-CM/MPH-M de los Arbitrios Municipales Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el Distrito de Matucana – Provincia de Huarochirí, mediante la aplicación del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, acumulado al mes de agosto del 2020, ascendiente al 1.73%, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 161-2020-INEI, publicada el 1 de septiembre del 2020 en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO Apruébese el informe técnico que da cuenta del sustento para el reajuste de los costos y el reajuste de las tasas con aplicación del IPC por los Arbitrios Municipales Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el Distrito de Matucana – Provincia de Huarochirí, aprobadas mediante la Ordenanza Nº 027-2019-CM-MPH-M, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- FECHAS DE VENCIMIENTO Los Arbitrios Municipales regulados en la presente Ordenanza son de periodicidad mensual, realizándose el