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35 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 El Peruano / Visto, el Informe N° 380-2020-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; CONSIDERANDO:Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, asimismo, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 53-2018/CEPLAN/PCD y N° 00016-2019/CEPLAN/PCD, se aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual tiene por objeto establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la citada Guía, denominado Elaboración y aprobación del POI, establece que la entidad realiza el proceso de ajuste en la programación del primer año del POI Multianual aprobado de acuerdo con la priorización establecida de las actividades operativas y la asignación del presupuesto total de la entidad, y una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en el POI anual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistentes, la entidad ajusta la programación a fi n de obtener el POI anual; Que, mediante Ley N° 31084 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y por Resolución Ministerial N° 285-2020-MINCETUR, de fecha 22 de diciembre de 2020, se aprueba el PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, a través del documento de visto, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, en cumplimento de las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y normas modi fi catorias, considera pertinente realizar el proceso de actualizar el POI 2021 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con relación al PIA aprobado mediante Resolución Ministerial N° 285-2020-MINCETUR; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31084, “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021” ; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y normas modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias, que aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional - POI 2021 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura -PIA correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 035: MINCETUR, que, como Anexo adjunto, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publíquese el Plan Operativo Institucional - POI 2021 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/mincetur). Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1916215-1CUL TURA Aprueban los “Lineamientos para la gestión de las relaciones del sector Cultura en el plano internacional, en el marco de la Política Nacional de Cultura al 2030” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000327-2020-DM/MC San Borja, 30 de diciembre del 2020VISTOS; el Memorando N° 000733-2020-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000137-2020-OCIN/MC así como los Memorandos Nº 000039-2020-OCIN/MC y Nº 000040-2020-OCIN/MC de la O fi cina de Cooperación Internacional; el Informe N° 000794-2020-OGAJ/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29565 se crea el Ministerio de Cultura y modi fi catorias, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las tareas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas de Estado; Que, con el Decreto Supremo Nº 009-2020-MC, se aprobó el Plan Nacional de Cultura al 2030, que tiene como objetivo garantizar el ejercicio pleno de los derechos culturales de los ciudadanos y ciudadanas, en igualdad de oportunidades y sin discriminación, para lo cual establece seis objetivos prioritarios que deberán ser implementados, monitoreados y evaluados en los próximos años hasta el 2030, y que permitirán alinear, orientar e integrar la intervención del Estado en materia de cultura, respondiendo a las necesidades y prioridades de cada territorio. Que, mediante la Resolución Ministerial N° 1268- 2015-RE, se aprobó el Plan Sectorial Multianual (PESEM) de Relaciones Exteriores 2015-2021, cuyos objetivos estratégicos primero y segundo señalan la necesidad de posicionar al Perú a nivel regional y global, como potencia regional emergente en los ámbitos bilateral y multilateral; así como contribuir al fortalecimiento de la competitividad e imagen del país en el exterior, a través de la promoción económica y cultural, y de la protección del patrimonio cultural; Que, sobre esas bases, se estima necesario que el Ministerio de Cultura mantenga una activa presencia en la comunidad internacional, con el fi n de compartir sus experiencias, nutrirse de información e implementar adecuadamente la Política Nacional de Cultura al 2030, optimizando la gestión de sus relaciones en el plano internacional; Que, para tales propósitos, se ha considerado elaborar lineamientos sobre las relaciones del sector Cultura en el plano internacional, en el marco de la Política Nacional de Cultura al 2030, los mismos que contemplan el posicionamiento de las prioridades de política cultural en instancias internacionales; la visibilidad de los logros y experiencias exitosas de política cultural del Perú en espacios internacionales; la implementación de acciones orientadas a la movilización y posicionamiento en el exterior de la producción cultural peruana; el establecimiento de una agenda cultural permanente en el exterior que visibilice la interculturalidad y la riqueza del Patrimonio del Perú; y la recopilación de la oferta y demanda de cooperación internacional del sector; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de administración interna responsable de asesorar a la Alta Dirección y a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio en las materias de planeamiento institucional, presupuesto, desarrollo organizacional y modernización de la gestión institucional, de la gestión de proyectos,