Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2020 (01/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2020 El Peruano / Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividad. Artículo 4º.- La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones es responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario, teniendo en cuenta el desagregado de los gastos y los recursos que lo fi nancian, establecidos en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución. Artículo 5º.- Copia del presente dispositivo se presenta a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese y comuníquese.FRIEDA ROXANA DEL AGUILA TUESTA Superintendente Nacional 1842004-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Excluyen como órgano integrante de la estructura orgánica de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Dirección de Imagen y Comunicaciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 137-2019-P-CE-PJ Lima, 27 de diciembre de 2019VISTO:El O fi cio N° 002296-2019-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, que contiene propuesta para modi fi car el Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 111-2016-CE-PJ, de fecha 4 de mayo de 2016, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la República, en el cual se establece orgánicamente como su dependencia a la Dirección de Imagen y Comunicaciones y sus correspondientes Unidades Orgánicas. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 259-2018-CE-PJ, del 15 de agosto de 2019, se aprobó la modi fi cación de los artículos 5°, 12° y 13° del Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, en lo correspondiente al órgano de asesoramiento denominado “Observatorio Judicial”. Tercero. Que la Resolución Administrativa N° 456-2019-CE-PJ, de fecha 20 de noviembre de 2019, aprobó la modi fi cación de los artículos 12° y 13° del Reglamento de Organización y funciones de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, en lo correspondiente al órgano de asesoramiento denominado “Observatorio Judicial”. Cuarto. Que, en base a la estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones, toda entidad del Estado elabora su Cuadro para Asignación de Personal, el cual es el documento de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, el mismo que para su aprobación debe contar con el informe favorable de ente rector SERVIR, conforme a lo establecido en la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM. Quinto. Que, de la revisión efectuada por el ente rector en materia de Recursos Humanos (SERVIR) al proyecto de Cuadro para Asignación de Personal del Poder Judicial, se tiene la observación referida a la excedencia del límite porcentual del número de cargos de confi anza (5%), en ocho cargos en lo correspondiente a la Corte Suprema de Justicia de la Republica, no estando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 084-2016-PCM y el artículo 4° de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público. Sexto. Que, el artículo 25° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que el Poder Judicial se gobierna institucionalmente con la autonomía, facultades y limitaciones que su ley establece, contando con los órganos que norman, rigen, controlan y ejecutan su propia actividad institucional y administrativa. Sétimo. Que, a fi n de dar cumplimiento con la normativa establecida, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General, propone mediante Memorando N° 3176-2019-GRHB-GG-PJ, de fecha 17 de diciembre de 2019, eliminar y/o reubicar cargos; así como reubicar el órgano de apoyo de la Dirección de Imagen y Comunicaciones de la Corte Suprema a la Gerencia General del Poder Judicial; que conllevará la modi fi cación de sus Reglamentos de Organización y Funciones; el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y demás documentos relacionados con esta materia. Octavo. Que, el referido órgano de apoyo de la Dirección de Imagen y Comunicaciones, ejerce actividades de administración interna referidas a los Sistemas de Información y Comunicación, que coadyuvan al desempeño de sus distintos órganos en el cumplimiento de las funciones sustantivas, por lo que teniendo en cuenta su naturaleza administrativa es procedente su traslado e incorporación a otra dependencia, previa observancia de su nivel y/o categoría y la adecuación y/o asignación de los cargos de acuerdo al nivel organizacional que le corresponde. Noveno. Que, el Sistema de Información y Comunicación en el Poder Judicial este a cargo de la Dirección de Imagen y Comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia de la República, cuyas competencias deberán ser consideradas con el nivel organizacional de Gerencia, como órgano de línea de la Gerencia General del Poder Judicial; lo que conllevará a la exclusión de las competencias de la citada Dirección, para la incorporación en el Reglamento de la Gerencia General del Poder Judicial, en su condición de órgano receptor de las competencias en materia de Imagen y Comunicaciones. Décimo. Que, de acuerdo a los fundamentos expuestos en los párrafos precedentes, es necesario modi fi car el Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y de la Gerencia General del Poder Judicial, que cuenta con la opinión favorable de la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Plani fi cación, y de la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General. En consecuencia; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE:Artículo Primero.- Excluir como órgano integrante de la estructura orgánica de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Dirección de Imagen y Comunicaciones; así como las atribuciones y funciones que se describen en los artículos 17°, 18°, 19°, 20°, 21°, 22°, 23°,24°, 25°, 26°, 27° y 28°, del Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la República, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 111-2016-CE-PJ. Artículo Segundo.- Incluir en el artículo 6°, e incorporar los artículos 103°A, 103°B, 103°C, 103°D, 103°E, 103°F, 103°G, 103°H e 103°I, en el Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 251-2016-CE-PJ, modi fi cado por Resolución Administrativa N° 142-2018-CE-PJ, conforme al texto siguiente: