Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2020 (04/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Sábado 4 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

87

Congresista de la República durante 5 años (19952000), fue presidente de las Comisiones de Acusaciones Constitucionales, Contra el Abuso de Autoridad, Justicia, y de Derechos Humanos y Pacificación; así mismo dio la Ley para que se reconozca el culto al "Señor de los Milagros", como vocación religiosa a nivel nacional y declarar al mes de octubre de cada año como "Mes Morado". Alcanzó notoriedad como procurador público contra el terrorismo (1980-1994) 14 años, luchando legalmente contra el terrorismo. Actualmente ejerce la abogacía en su estudio jurídico "Espichan Abogados Consultores S. Civil de R. L." POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 1842551-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 42-2019-MVMT Villa María del Triunfo, 23 de diciembre de 2019 EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre de 2019; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 41º señala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos

de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre de 2019, se puso a consideración del pleno del Concejo la nominación del Ing. Oscar Andrés Reggiardo Sayán, por su aporte como Congresista del Perú; En uso de las facultades conferidas por el inciso 35 del Artículo 9º y Artículos 34 y 41 de La Ley Nº 27972, Ley Orgánica De Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO: Condecorar con la MEDALLA CIVICA con ocasión de conmemorarse el 58º Aniversario de Creación del Distrito de Villa María del Triunfo al ingeniero: OSCAR ANDRÉS REGGIARDO SAYÁN En reconocimiento a su participación activa en la elaboración de la Constitución Política del Perú de 1993 vigente hasta la actualidad. Fue Congresista Constituyente del Perú (19921993), Congresista de la República (1995-2000) y Congresista del Perú (2000-2001), fue miembro de la Comisión Agraria, de Derechos Humanos, de Relaciones Exteriores y de la Comisión Permanente, presidente de la Comisión Agraria (1996-1997), presidente de la Comisión de Ambiente, Ecología y Amazonía (1997 a 1998). Trabajó para el proyecto del Centro Experimental de la Quinua de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) en Bolivia. Ha ejercido la docencia en la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad del Altiplano y la Universidad Nacional Agraria La Molina. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 1842550-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.