Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2020 (08/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Miércoles 8 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Nº 086-2019-MDSL/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Legal Nº 522-2019-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre la prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 285-MDSL/C; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, "Ley de Reforma de los artículos 191,194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes" establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decreto de alcaldía; asimismo el artículo 42 de la misma norma dispone que mediante Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden genera y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 285-MDSL/C publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17/12/2019, se aprobó el Beneficio de Regularización de deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de San Luis, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias por periodos vencidos; cuya vigencia es hasta 31/12/2019; Que, la Primera Disposición Complementarias y Final de la citada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza; Que, la Gerencia de Administración Tributaria con el Informe Nº 086-2019-MDSL/GAT, informa que resulta necesario la prórroga del beneficio establecido en la Ordenanza Nº 285-2019-MDSL/C, ello con la finalidad de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que mantengan obligaciones pendientes de cancelación; toda vez que existen vecinos que aún no han podido acogerse al beneficio establecido; en ese sentido la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del documento de visto opina favorablemente la prórroga de la Ordenanza; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 29 de febrero de 2020, la fecha de vencimiento para acogerse a la Ordenanza Nº 285-MDSL/C que otorga beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Administración y Recaudación Tributaria, Subgerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, Control y Sanciones y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto; así como a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal la difusión de su contenido. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del

presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis.gob.pe y en el portal electrónico del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA Alcalde 1843154-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA
Aprueban especificaciones técnicas, para el desarrollo de la actividad comercial en playa grande y playa chica del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2019-A/MDSR Santa Rosa, 9 de diciembre de 2019 VISTOS: El Informe Nº 169-2019-GDEGP/MDSR, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva; el Informe Nº 193-2019-OII/MDSR de la Oficina de Imagen Institucional, el Informe N º 2652019-SGDC/MDSR de la Subgerencia de Defensa Civil; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece, que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 42 de la Ley Nº 27972, es de considerarse que mediante los Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de intereses para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 503-2019/ MDSR de fecha 20 de noviembre del 2019, donde se aprueba la "Ordenanza que regula y promueve la formalización de comercio ambulatorio de concurrencia de playas del distrito de Santa Rosa. Que, dicha ordenanza, tiene por finalidad reglamentar las actividades del comercio ambulatorio en los espacios públicos de Santa Rosa, del mismo modo, en su SEXTA DISPOSICIÓN FINALES Y TRANSITORIA, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias con respecto a las especificaciones técnicas y colores de; sombrillas, sillas, módulos, de quiosco indumentaria de comerciantes, así como también, del aforo de playa grande y playa chica, en base a los informes de las áreas correspondientes. Que, mediante Informe Legal Nº 197-2019GAJ/MDSR, Opina que existe sustento legal para la aprobación del proyecto del Decreto de Alcaldía mediante el cual se dictara las medidas complementarias para el ordenamiento ambulatorio en Playa Grande y Playa Chica;

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