Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2020 (10/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 10 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

57

político Acción Popular, y Nº 001267-2019-SG/ONPE, dirigido a Mesías Antonio Guevara Amasifuén, presidente del partido político Acción Popular, todas de fecha 15 de agosto de 2019, se les notificó el Informe Nº 00004992019-GSFP/ONPE, y el Informe N° 00310-2019-JANRFPSGTN-GSFP/ONPE, ambos de fecha 14 de agosto de 2019, con la finalidad de que realicen los descargos correspondientes. 3. Sin embargo, las referidas notificaciones, conforme obra de los cargos de notificación, no cumplieron los requisitos establecidos en LPAG, en particular, los artículos antes citados. En consecuencia, dichas notificaciones no pueden reputarse como válidas porque en los cargos obrantes, a fojas 42, 44 y 46, se advierte claramente que no se consignó el nombre ni la firma con quien se entendió la notificación, limitándose a señalar el nombre de "Isabel", tampoco se dejó constancia del documento de identidad de dicha persona, situación que incluso se precisó en los antecedentes de la Resolución Jefatural Nº 00196-2019-JN/ONPE, de fecha 11 de octubre de 2019. 4. Al no observarse la formalidad dispuesta para la notificación de los actos administrativos emitidos por la ONPE, dicha situación implica no solo la nulidad del procedimiento administrativo por causal insubsanable ­ defecto del requisito de validez­ establecida en el inciso 2 del artículo 10 de la LPAG, sino también la vulneración del derecho al debido proceso de la recurrente, toda vez que no tuvo la posibilidad de cuestionar los actos administrativos materia de la demanda, debido a la falta de notificación de estos en la forma y oportunidad a que se refieren los artículos 20 y 21 de la LPAG, lo cual implica, además, la vulneración de su derecho de defensa. En consecuencia, por los fundamentos expuestos, MI VOTO es por que se declare FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Fernando Luis Arias Stella Castillo, personero legal alterno de la organización política Acción Popular, en contra de las Resoluciones Jefaturales Nº 00216-2019-JN/ONPE y Nº 000196-2019-JN/ONPE, del 22 y 11 de octubre de 2019, respectivamente, en virtud de las cuales se sanciona a la organización política con una multa de 61 unidades impositivas tributarias y la pérdida de financiamiento público directo, por la comisión de la infracción muy grave, tipificada en el numeral 2 del literal c) del artículo 36 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas. NULO, el procedimiento administrativo hasta el acto administrativo de notificación de los Oficios N.os 001265-2019-SG/ONPE, 0012662019-SG/ONPE y 001267-2019-SG/ONPE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1844358-1

Salvador, secretario general del Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, mediante el cual se comunica la licencia concedida al regidor Robert Quispitongo Pianto, con motivo de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. CONSIDERANDOS 1. El numeral 17, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establecen que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. 2. De conformidad con el artículo 114 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE), están impedidos de ser candidatos al Congreso los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual se les debe conceder sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación en el caso de los regidores que quieran ser candidatos al cargo de congresista para completar el periodo constitucional congresal 2016-2021, toda vez que, conforme lo estableció este Supremo Tribunal Electoral mediante el artículo segundo de la Resolución Nº 0189-2019-JNE, de fecha 13 de noviembre de 2019, estas autoridades, al ser consideradas funcionarios públicos, deben solicitar licencia sin goce de haber, la cual se hará efectiva a partir del 27 de noviembre de 2019, es decir sesenta (60) días antes de la fecha de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, conforme a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 002-2019 y el artículo sétimo de la Resolución Nº 0155-2019-JNE. 4. En el caso concreto, se aprecia que mediante el Acuerdo de Concejo Nº 062-2019-MDSMP, de fecha 28 de noviembre de 2019, se concedió la licencia solicitada por Robert Quispitongo Pianto, regidor del Concejo Distrital de San Martín de Porres, por el periodo comprendido entre el 27 de noviembre de 2019 hasta el 26 de enero de 2020. Asimismo, se advierte que el pedido de licencia fue solicitado por el citado regidor por el mismo periodo. 5. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0189-2019-JNE, el periodo de licencia abarcará desde el 27 de noviembre de 2019 hasta el 25 de enero de 2020, con lo cual se computan los sesenta (60) días naturales antes de la fecha de las elecciones, como lo establece el artículo 114 de la LOE. 6. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del referido concejo municipal, en aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Lidia García Alama Vda. de Revolledo, identificada con DNI Nº 08615868, candidata no proclamada de la organización política Podemos por el Progreso del Perú, por el periodo comprendido desde el 27 de noviembre de 2019 hasta el 25 de enero de 2020. 7. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 26 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Norte 2, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Robert Quispitongo Pianto, regidor del Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 27 de noviembre de 2019 hasta el 25 de enero de 2020. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Lidia García Alama Vda. de Revolledo, identificada con DNI Nº 08615868, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 27 de noviembre de 2019 hasta el 25 de enero de

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 0387-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019004940 SAN MARTÍN DE PORRES - LIMA - LIMA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, doce de diciembre de dos mil diecinueve VISTO el Oficio Nº 238-2019-SG/MDSMP, presentado, el 11 de diciembre de 2019, por Víctor Vicente Santander

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.