Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2020 (26/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 26 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Gestión Comercial de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU, cargo considerado de confianza; Contando con la visación de la Gerencia General, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor ROBERTO ENRIQUE MARTIN VIDAURRE VERGONZINI, en el cargo de Director de la Dirección de Gestión Comercial de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor ROBERTO ENRIQUE MARTIN VIDAURRE VERGONZINI y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU 1849271-3

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Autorizan transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de Sociedad de Auditoría
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 0008-2020-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 23 de Enero de 2020 VISTOS: El Oficio N° 000958-2019-CG/SGE recibido el 12 de noviembre 2019, de la Secretaría General de la Contraloría General de la Republica, y el Informe N° 0006-2020-SINEACE/P-ST-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Sineace, emitido a través del Sistema de Gestión Documental; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y que, mediante Resolución de Presidencia Nº 132-2019-SINEACE/CDAH-P, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, por la suma de S/ 26 240 581.00

(VEINTISEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, en el marco de lo dispuesto en el referido artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría N° 432-2018-CG de fecha 23 de agosto de 2018, se aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de Sociedades de Auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en tal sentido, con Oficio Nº 000958-2019-CG/ SGE, recibido el 12 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República solicita que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, deberá proceder a realizar la transferencia financiera a su favor en el año 2019, por el importe de S/ 25,938.50, que corresponde al 50% de la retribución económica que incluye IGV, para iniciar el proceso de convocatoria pública de méritos para la designación de sociedades auditoría para las entidades incluidas en el Tarifario aprobado para el periodo auditado 2019;y, su respectiva previsión presupuestal para el año fiscal 2020, por el importe de S/25,938.50 que corresponde al otro 50% de la retribución económica incluyendo IGV, cuya transferencia financiera debe efectuarse a más tardar en el mes de enero del presente año; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 0120-2019-SINEACE/CDAH-P, de fecha 25 de noviembre 2019, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, hasta por la suma de S/ 25,938.50 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742 para cubrir los gastos para contratación de Sociedad de Auditoría, importe que corresponde a una transferencia financiera del 50% de la retribución económica (incluyendo IGV) para el Período Auditado 2019; Que, la Oficina de Administración con Memorándum Nº 035-2020-SINEACE/P-ST-OA, sustenta y solicita, realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 25,938.50,

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