Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2020 (31/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de enero de 2020 /

El Peruano

la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006ED; los cuales fueron incautados al señor Wang Xianding, en Salidas Internacionales del Módulo del Aeropuerto Internacional Jorge Chavez; Que, a través del Informe N° 000008-2020-DGM/MC de fecha 10 de enero de 2020, la Dirección General de Museos en base a los Informes N° 000002-2020-DRBM/ MC de fecha 07 de enero de 2020 y N° D000002-2019DRBM-APB/MC, de fecha 30 de diciembre de 2019, de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, emitió opinión técnica favorable para la declaratoria de tres (03) bienes muebles paleontológicos (bivalvos) como Patrimonio Cultural de la Nación, cuya protección provisional fue determinada con Resolución Directoral N° 000006-2019/DGM/VMPCIC/MC; Que, los citados bienes muebles presentan valores histórico, científico y social, al constituir valvas de la concha de moluscos bivalvos de la especie Ostrea sp. pudiendo ser situada en un contexto espacio-temporal definido, como evidencia de la historia natural de fauna que habitó el territorio peruano durante el Cretácico Superior (Turoniano-Maastrichtiano), en afloramientos del departamento de Cajamarca; Que, asimismo, su importancia radica en su uso como elemento de datación en el estudio bioestratigráfico. Bienes de esta especie, poseen una abundancia relativa poco común, figurando en estudios de carácter morfológico, taxonómico, de biodiversidad, bioestratigráfico y biogeográfico, tanto a nivel nacional como internacional; Que, además, los referidos bienes tienen significado social al tratarse de bienes recuperados que integran la fauna fósil de la sierra peruana, con potencial educativo en museos o salas de exposición, generando una identidad local y regional; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de tres (03) bienes muebles paleontológicos (bivalvos) como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042019-JUS; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a tres (03) bienes muebles paleontológicos (bivalvos), que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con el anexo correspondiente en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob. pe/cultura). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1850326-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Escala Remunerativa del personal sujeto al régimen laboral de Decreto Legislativo N° 728 de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios
DECRETO SUPREMO Nº 015-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 040-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para impulsar la ejecución de las intervenciones del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios, se autoriza a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios aprobar una nueva Escala Remunerativa, la cual contiene al menos el detalle de la clasificación ocupacional, nivel remunerativo y rango salarial, de conformidad con lo establecido en el inciso 4 del numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público, a más tardar el 31 de enero de 2020; Que, el último párrafo de la citada Disposición Complementaria Transitoria, establece que el vínculo laboral del personal sujeto al régimen laboral de la actividad privada es temporal y termina automáticamente con la extinción de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, el inciso 4 del numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público, establece que, los ingresos de personal, escalas de ingresos y los reajustes que fueran necesarios durante el Año Fiscal para los Pliegos Presupuestarios, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuestas del Titular del Sector, previa opinión técnica favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos y de la Dirección General de Presupuesto Público, autorizado por norma expresa con rango de ley del Gobierno Central; Que, en el marco de lo antes indicado, el Ministerio de Economía y Finanzas recomienda la aprobación de una nueva Escala Remunerativa de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, para el personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, concordante con la propuesta remitida por la Presidencia del Consejo de Ministros mediante Oficio N° 006-2020PCM/DPCM; Que, por tanto, resulta necesario aprobar la Escala Remunerativa para el personal de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios sujeto a régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 040-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para impulsar la ejecución de las intervenciones del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios; y, el inciso 4 del numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de la Escala Remunerativa Apruébase la nueva Escala Remunerativa del personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

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