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8 NORMAS LEGALES Viernes 31 de enero de 2020 / El Peruano las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Que, el segundo párrafo del mismo articulado señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 369- 2019-CG, de fecha 22 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas (IGV) y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, para el periodo a auditar 2019-2020, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; en cuyo anexo se encuentra el Ministerio del Ambiente; Que, mediante O fi cio N° 002238-2019-CG/DC, de fecha 30 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República comunicó al Ministerio del Ambiente el inicio, en el Año Fiscal 2019, de las convocatorias públicas de méritos para la designación de las sociedades de auditoría para las entidades incluidas en el Tarifario aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG para el periodo auditado 2019; para lo cual solicitó la transferencia fi nanciera del 50% de la Retribución Económica (incluyendo el IGV) ascendente al importe de Ciento Trece Mil Quinientos Ochenta y Dos y 00/100 Soles (S/ 113 582.00) y del importe total del 6% del Derecho de Designación o Supervisión; precisando que debía emitir una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020, por el 50% diferencial de la retribución económica (incluyendo IGV) del periodo auditado 2019, cuya transferencia fi nanciera debía efectuarse a más tardar en el mes de enero del año 2020; Que, en ese contexto, mediante el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 350-2019-MINAM, se autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - Administración General hasta por la suma de S/ 113 582.00, a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría; quedando pendiente la transferencia fi nanciera del restante 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) para el periodo auditado 2019, con cargo al presupuesto institucional 2020; Que, a través del Memorando N° 00037-2020-MINAM/ SG/OGA/OF, la O fi cina de Finanzas solicita a la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones la certi fi cación de crédito presupuestario para efectuar la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, mediante el Memorando N° 00080-2020-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto en atención al Informe N° 00039-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, señala que se ha aprobado la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000079 por el importe de Ciento Trece Mil Quinientos Ochenta y Dos y 00/100 Soles (S/ 113 582.00), el cual garantiza que se cuenta con los créditos presupuestarios disponibles para que se autorice la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al 50% de la Retribución Económica (incluido IGV) para la contratación de la sociedad de auditoría del periodo auditado 2019;Que, con Informe N° 00041-2020-MINAM/SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable autorizar la segunda transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 113 582.00 a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al otro 50% de la Retribución Económica (incluido IGV) para la contratación de la sociedad de auditoría del periodo auditado 2019, con lo cual quedará atendido en su integridad lo solicitado en el O fi cio N° 002238-2019- CG/DC; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Autorizar la segunda transferencia fi nanciera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - Administración General hasta por la suma de Ciento Trece Mil Quinientos Ochenta y Dos y 00/100 Soles (S/ 113 582,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo 1 se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Unidad Ejecutora deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 001 Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005 Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1851138-1